Transportes abre la solicitud de ayudas a víctimas de Adamuz y Gelida

Uno de los vagones del tren Iryo accidentado en Adamuz (Córdoba)

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha activado el periodo para pedir las ayudas dirigidas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), siniestros en los que fallecieron 47 personas.

El plazo de presentación se extiende durante tres meses y queda fijado hasta el 4 de mayo. La gestión puede completarse por internet o de forma presencial.

La medida busca aportar apoyo económico inmediato a las personas afectadas y a sus familias, reducir la incertidumbre derivada de los hechos y favorecer una tramitación ágil y accesible.

  1. Plazos y personas beneficiarias
  2. Vías de presentación y reglas de solicitud
  3. Apoyo presencial y oficinas de atención
  4. Cuantías y compatibilidades de las ayudas

Plazos y personas beneficiarias

Según la información difundida por el departamento que dirige Óscar Puente, el plazo para solicitar estas ayudas comienza este martes y finaliza el próximo 4 de mayo.

Aunque la fecha de cierre es el 4 de mayo, dentro del periodo general de tres meses se contempla la posibilidad de pedir una ampliación de hasta la mitad del plazo inicial, siempre que la solicitud quede motivada.

Las ayudas se orientan a quienes viajaban en los trenes siniestrados y al personal ferroviario que iba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) y resultó herido. También se dirigen a los familiares de las personas fallecidas, conforme al orden y a los criterios previstos en la normativa aplicable.

El procedimiento incluye una ayuda directa y no reembolsable para los supuestos de lesiones y fallecimiento, además de un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.

Vías de presentación y reglas de solicitud

La presentación de solicitudes puede realizarse por vía telemática, mediante el formulario disponible en la sede electrónica del Ministerio, o de forma presencial, utilizando igualmente los formularios habilitados.

Debe registrarse una solicitud por cada persona beneficiaria con derecho a la ayuda. Cuando una misma persona pueda ser beneficiaria por varias causas, se admite una única solicitud que las incluya, sin perjuicio de que cada ayuda pueda concederse de manera independiente.

La solicitud puede ser presentada por la persona beneficiaria o por un representante autorizado. Si no existe plena capacidad de obrar, la presentación corresponde a quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela o, si estas personas hubieran fallecido en el accidente, a quien la ejerza de forma temporal.

Siempre que exista autorización de las personas solicitantes, la Administración recabará de oficio la información y documentación necesaria, con el objetivo de evitar, en la medida de lo posible, la aportación de documentos que ya obren en poder de otras administraciones o entidades, respetando la normativa de protección de datos personales.

Apoyo presencial y oficinas de atención

Para facilitar el acceso a las ayudas y acompañar a las personas afectadas, y con la colaboración del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, se ha promovido la creación de oficinas de atención integral a las víctimas en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de las comunidades autónomas con personas afectadas.

La atención se refuerza especialmente en las provincias de Huelva y Barcelona. Estas oficinas ofrecen apoyo directo en la tramitación, resuelven dudas durante el proceso y disponen de números de teléfono para consultas.

En Huelva, la oficina se encuentra en la calle Berdigón 11-13. En Barcelona, la ubicación es la calle Bergara 12, planta baja.

Los detalles del procedimiento, una guía de aplicación, preguntas frecuentes y los formularios de solicitud están disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Transportes: https://sede.transportes.gob.es/, además de las oficinas de atención integral habilitadas.

Cuantías y compatibilidades de las ayudas

El 24 de enero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley que articula ayudas por un total de 20 millones de euros para las personas afectadas por los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gelida.

El Real Decreto-ley establece ayudas inmediatas a las víctimas y adelanta parte de las indemnizaciones por responsabilidad civil. Estas medidas se añaden a los mecanismos ya existentes en el ordenamiento jurídico, que reconoce el derecho de las víctimas y sus familiares a una asistencia integral.

En caso de fallecimiento, se contempla una ayuda directa de algo más de 72.000 euros por cada persona, y la misma cantidad como anticipo por responsabilidad civil.

En los supuestos de lesiones, las cuantías se organizan por niveles de gravedad: desde algo más de 2.400 euros en casos de menor entidad hasta más de 84.000 euros en lesiones de máxima gravedad. Para el anticipo por responsabilidad civil se prevén importes equivalentes.

Estas ayudas resultan compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con otras ayudas o seguros, tanto públicos como privados, que pudieran corresponder.

Además, el Gobierno prevé iniciar los trámites para incorporar en el futuro este tipo de medidas con carácter permanente, con el fin de crear un mecanismo estructural de intervención pública que permita al Estado anticipar el abono de un porcentaje de las indemnizaciones por daños personales derivados de accidentes de transporte colectivo, sin perjuicio de la posterior determinación de la responsabilidad civil de las personas físicas o jurídicas responsables.