María León paga 5.700 € para cerrar su caso de agresión en Sevilla

María León
La abogada de la actriz ha presentado un escrito en el que acredita que María León ha "satisfecho íntegramente el importe de las multas impuestas"

María León, la actriz, ha hecho efectivo el pago de la multa de 5.700 euros que le impusieron tras el altercado ocurrido con la Policía Local de Sevilla en la madrugada del 1 de octubre de 2022. Además, su defensa ha solicitado a la juez que se reconozca que su responsabilidad penal está extinguida y que se proceda al archivo definitivo del caso.

En este sentido, la abogada de León ha presentado un documento que demuestra que la actriz ha cumplido con el pago total de las multas, efectuando una transferencia bancaria a la cuenta del juzgado por el importe íntegro de 5.700 euros. Este movimiento acredita el cumplimiento de la sanción impuesta tras el juzgamiento por los hechos acontecidos en Sevilla.

  1. Indemnización a la agente agredida
  2. Elevar la condena de la actriz
  3. Insultos y agresión física

La defensa ha solicitado formalmente que se considere cumplida la pena pecuniaria y que se declare extinguida la responsabilidad penal de María León, basándose en el artículo 130.1.2 del Código Penal, que establece la extinción de la responsabilidad "por el cumplimiento de la pena".

Indemnización a la agente agredida

Por otro lado, la acusación particular en representación de la agente de la Policía Local que recibió la agresión ha presentado un escrito solicitando que el importe consignado para la multa se utilice prioritariamente para abonar la indemnización a la agente y las costas derivadas del proceso, especialmente aquellas pertinentes a esta acusación.

La representante legal de la agente, Rocío Carnerero, ha recordado que según el artículo 126 del Código Penal, los pagos efectuados por el condenado deben destinarse en el siguiente orden: primero, la reparación del daño y la indemnización por los perjuicios causados; en segundo lugar, la indemnización al Estado por los gastos del proceso; luego las costas de la acusación particular o privada cuando así lo imponga la sentencia; las demás costas procesales, incluidas las de la defensa del procesado; y finalmente la multa.

En consecuencia, la abogada insiste en que antes del pago de la multa debe realizarse el abono por la responsabilidad civil hacia su representada y las costas de este proceso particular. De momento, no consta formalmente la tasación de costas realizada por el Letrado de la Administración de Justicia, por lo que la multa debería ser lo último en pagarse. En caso de impago, se deberá iniciar la vía de apremio o aplicarse el artículo 53 del Código Penal.

Elevar la condena de la actriz

En febrero pasado, la Audiencia de Sevilla desestimó los recursos presentados tanto por los tres policías locales que ejercen la acusación particular como por la Fiscalía de Sevilla. Ambas partes pedían que la condena hacia María León se elevara a dos años de prisión, argumentando que los hechos tenían la gravedad suficiente para calificarlo como un delito de atentado a la autoridad, en lugar de resistencia, como dictaminó la juez del Juzgado de lo Penal número 2.

Finalmente, la Sección Séptima de la Audiencia confirmó la sentencia inicial en su totalidad, que incluía además el pago de una indemnización de 100 euros para la agente lesionada. Aunque calificaron la agresión de María León como "intolerable", los magistrados decidieron no endurecer la pena porque los ataques físicos tenían como finalidad impedir su detención y las lesiones ocasionadas fueron mínimas.

Los jueces argumentaron que estos factores identifican los hechos como un delito de resistencia y no de atentado, a pesar del puñetazo y la patada, porque la agresora, por su constitución física y el daño leve causado, no encajaba en el segundo tipo penal.

Insultos y agresión física

La Audiencia señaló que la prueba fundamental para fundamentar el delito de resistencia fue el testimonio de los agentes implicados, ya que los vídeos presentados no muestran con claridad la agresión. Según el relato de los policías, ambos agentes se acercaron a María León y la sujetaron del brazo, momento en el que ella propinó un puñetazo a la agente y, en el desequilibrio que sufrió, le dio una patada acompañada de insultos como "zorra" y "puta". El objetivo de esta violencia fue lograr escapar del lugar.

La Sala ratificó que la jueza que dirigió el juicio "acierta" al valorar la conducta de María León a partir de los propios testimonios policiales. La agente agredida declaró que la acusada huyó corriendo hacia un grupo de personas, siendo seguida por los agentes, quienes la sujetaron por ambos lados. En ese momento, María León les propinó un puñetazo, perdió el equilibrio y cayó, momento en el que dio una patada y profirió insultos como "zorra" e "hija de puta". Finalmente, consiguió salir gateando y escapar, hasta que fue alcanzada.