Ya es oficial en el BOE: El Salario Mínimo sube a 1.221 euros con un blindaje fiscal histórico
Alvaro Sánchez. Este jueves 19 de febrero de 2026 pasará a la historia de la legislación laboral española como el día en que el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 126/2026. No es un trámite administrativo más; es la consolidación de una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que sitúa el suelo salarial en los 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas.
La medida, pactada entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, afecta de manera directa a cerca de 2,5 millones de trabajadores, especialmente jóvenes y mujeres, y llega con una novedad que ha sorprendido por su calado:un ajuste fiscal coordinado con Hacienda para que la subida no se la "coma" el IRPF.
1. La radiografía de los números: ¿Cuánto sube realmente?
El incremento aprobado es del 3,1% respecto a la cuantía vigente en 2025 (que era de 1.184 euros). Esto supone un aumento de 37 euros brutos mensuales o, lo que es lo mismo, 518 euros adicionales al año. En términos anuales, el SMI 2026 se fija en 17.094 euros brutos.
Sin embargo, la gran noticia para el trabajador es la retroactividad. Al publicarse hoy 19 de febrero, las empresas deben abonar en la nómina de finales de este mes los "atrasos" correspondientes a enero. Es decir, los beneficiarios recibirán en su próxima cuenta bancaria un ingreso extra de unos 74 euros brutos (enero + febrero) sumados a su salario actualizado.
2. El "Regalo" de Hacienda: La deducción de 591 euros
Para evitar que el incremento salarial empujara a los trabajadores a un tramo superior de retenciones, el Gobierno ha articulado a través de Hacienda una deducción fiscal de hasta 591 euros.
Esta medida es fundamental porque el "mínimo exento" de tributar se situaba en los 15.876 euros anuales. Al subir el SMI a 17.094 euros, miles de trabajadores habrían pasado a pagar IRPF por primera vez. Gracias a esta deducción, Hacienda estima que un trabajador que cobre el SMI en 2026 pagará 356 euros menos de IRPF que en el ejercicio anterior. En la práctica, esto significa que el sueldo neto (lo que llega al bolsillo) será superior al incremento bruto anunciado.
3. Cuantías específicas por sectores y jornadas
El Real Decreto publicado hoy también desglosa cómo queda el SMI para colectivos con regímenes especiales:
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Trabajadores eventuales y temporeros: Aquellos cuyos servicios en una misma empresa no excedan de 120 días,percibirán un mínimo de 57,82 euros por jornada legal.
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Empleadas de hogar: El precio por hora efectivamente trabajada sube a 9,55 euros.
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Contratos a tiempo parcial: La retribución se calculará de forma proporcional. Por ejemplo, una jornada de 20 horas semanales tendrá un suelo de 610,50 euros al mes en 14 pagas.
4. Impacto en la economía real
Desde el prisma de Diario en Positivo, esta medida es un motor de consumo. Al inyectar liquidez directamente en las rentas más bajas —aquellas con mayor propensión al gasto—, se espera que el consumo interno se dinamice en este primer trimestre de 2026. Además, el Ministerio de Hacienda ha recalcado hoy que esta subida contribuye a la sostenibilidad del sistema de pensiones, al aumentar las bases de cotización de millones de empleados.
La patronal CEOE, aunque no firmó el acuerdo, ha recordado la necesidad de que esta subida se traslade también a los contratos públicos (indexación), una batalla que el sector empresarial mantiene abierta pero que no empaña el beneficio directo para el trabajador.
5. ¿Cómo saber si me corresponde?
Si tu base de cotización o tu salario base está por debajo de los 1.221 euros (en caso de 14 pagas) o de 1.424,50 euros (si tienes las pagas prorrateadas en 12 meses), tu empresa está obligada a actualizarte la nómina con efectos desde el 1 de enero. No es necesario que firmes un nuevo contrato; la ley ampara esta subida de forma automática sobre cualquier convenio colectivo que haya quedado por debajo.