Cómo consultar y modificar el borrador de la renta 2025: documentos necesarios

El borrador puede consultarse desde el 8 de abril hasta el 30 de junio
El documento que contiene todos los datos fiscales del contribuyente debe ser revisado cuidadosamente antes de ser confirmado

Ya está disponible el borrador de la declaración de la renta para que los contribuyentes puedan consultarlo y presentar su declaración a través de internet. El plazo se extiende hasta el 30 de junio. Sin embargo, los expertos aconsejan no precipitarse y revisar con detenimiento todos los datos fiscales antes de finalizar el trámite. A continuación, se detalla cómo acceder al borrador paso a paso, qué modificaciones conviene realizar y qué documentos tener preparados.

El borrador recoge toda la información fiscal que la Agencia Tributaria tiene registrada del contribuyente para el año 2025. Incluye datos sobre rendimientos del trabajo, inmuebles en propiedad, garajes, locales, además de las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de ventas de inmuebles o acciones correspondientes a ese ejercicio fiscal.

  1. Características del borrador
  2. Periodo para consultar el borrador
  3. Cómo acceder al borrador
  4. Recomendaciones previas
  5. Confirmación del domicilio fiscal y datos personales
  6. Proceso de tramitación del borrador
  7. Cómo aplicar las deducciones
  8. Deducción para quienes cobran el SMI
  9. Resultado final y formalización

Es posible consultar el borrador desde el 8 de abril hasta el 30 de junio, ambos inclusive. Este documento es provisional hasta que se confirme y envíe la declaración oficialmente. El acceso está garantizado en cualquier momento dentro del plazo, siempre que se disponga de las credenciales necesarias.

Características del borrador fiscal

El borrador es un resumen que compila los datos tributarios del contribuyente registrados en la Agencia Tributaria para el ejercicio 2025. Refleja datos como los ingresos por trabajo, los bienes inmuebles que se poseen o alquilan, y las ganancias o pérdidas patrimoniales producidas durante ese año por ventas de activos como casas o participaciones en bolsa.

Este documento no tiene carácter definitivo hasta que el contribuyente ratifique y envíe la declaración, por lo que puede ser consultado y modificado según sea necesario durante el plazo habilitado.

Periodo para consultar el borrador

A partir del 8 de abril y hasta el 30 de junio inclusive, quienes deban presentar la declaración pueden consultar su borrador a través de las plataformas habilitadas por la Agencia Tributaria. Se recuerda que el documento puede revisarse múltiples veces siempre que se cuente con la autorización adecuada.

Este tiempo permite confirmar, corregir o ampliar datos antes de convertir el borrador en la declaración oficial.

Cómo acceder al borrador

El acceso se realiza mediante el servicio Renta WEB disponible en la página oficial de la Agencia Tributaria (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/inicio.html).

Para identificarse, se puede usar certificado digital, DNI electrónico, el sistema Cl@ve móvil, la referencia de una declaración previa o la autenticación Ciudadano UE (eIDAS). Además, es posible gestionar la consulta desde la aplicación móvil oficial de la Agencia.

Recomendaciones previas a la consulta del borrador

Antes de acceder al borrador, es fundamental recopilar toda la información que refleje las actividades económicas correspondientes a 2025, tanto la que ya figura en los datos fiscales como la que falta por incluir. Esto abarca ingresos laborales, propiedades, plusvalías y cualquier otro movimiento que afecte la declaración.

Se aconseja revisar exhaustivamente que la información facilitada por Hacienda sea correcta y tener a mano las facturas o documentos que justifiquen las deducciones reclamadas. En definitiva, la recomendación clave es revisar el borrador tranquilamente y sin precipitación para evitar errores.

Confirmación del domicilio fiscal y datos personales

Al iniciar el trámite del borrador, el primer paso es ratificar el domicilio fiscal. Esto implica verificar, modificar o actualizar la dirección y la titularidad del inmueble, si se es propietario o arrendatario. Esta confirmación solo aparecerá una vez, pero podrá ajustarse posteriormente desde la opción “Modificar ratificación del domicilio fiscal” en la web o la app.

Además, es imprescindible revisar detalles personales relevantes como el estado civil, la existencia de hijos a cargo y si conviven personas mayores o dependientes. La campaña tiene en cuenta situaciones hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que hechos posteriores a esa fecha deberán declararse el siguiente año.

Proceso de tramitación del borrador paso a paso

Después de la confirmación inicial, se muestra el borrador con los apartados principales para su revisión.

Por ejemplo, en “Rendimientos del trabajo” (página 4), se detallan los salarios, retenciones, cotizaciones sociales y aportaciones a planes de pensiones, ocupando las primeras 25 casillas. En “Bienes inmuebles” (páginas 6 y 7) figuran las propiedades y sus correspondientes gastos deducibles, como cuotas de comunidad o suministros.

Para compraventas de inmuebles, es necesario acceder a “Ganancias y pérdidas patrimoniales” (página 15), donde se anotan la referencia catastral y los detalles de la operación. Asimismo, en las siguientes páginas están reflejadas las transacciones con acciones, criptomonedas y fondos de inversión.

En caso de autónomos, la información se encuentra en “Rendimientos de actividades económicas” (páginas 8 y 9), con ingresos y gastos deducibles como cotizaciones, dietas y reparación de materiales.

Cómo aplicar las deducciones

Las deducciones aparecen resumidas en el total de la declaración, pero también se pueden completar en apartados específicos. Por ejemplo, las relacionadas con la compra de vehículos eléctricos están entre las casillas 1916 y 1935, mientras que las vinculadas a inversiones en vivienda habitual aparecen entre el 698 y el 710. Las deducciones por inversión en empresas de reciente creación se sitúan entre el 711 y 714.

Estas deducciones no se incluyen automáticamente en el borrador, por lo que el contribuyente debe introducirlas manualmente, apoyado en justificantes como facturas o recibos que Hacienda puede solicitar en comprobaciones posteriores.

Dónde localizar la deducción para perceptores del SMI

La nueva deducción de hasta 340 euros dirigida a personas que hayan percibido el Salario Mínimo Interprofesional se encuentra en “Deducciones generales” dentro del apartado “Deducción por obtención de rendimientos del trabajo”. La casilla específica para rellenar es la 0414.

Tras cumplimentar estos datos, el importe aparecerá reflejado en el resumen de la declaración, bajo las deducciones de cuota líquida.

Cómo saber si hay que pagar o recibir devolución

La parte final es determinar si el resultado es a pagar o a devolver. Esto se puede consultar en el resumen de la declaración donde aparece un número en azul, más destacado, situado arriba a la derecha justo debajo del nombre del contribuyente.

Si el resultado es positivo, indica que la cantidad debe abonarse a Hacienda. Si es negativo, la Agencia Tributaria tendrá que devolver esa cantidad al contribuyente. En caso de no tener obligación de declarar, aparecerá el mensaje “No obligado” cerca del resultado.

Finalmente, al confirmar la declaración, es imprescindible validar el borrador para corregir posibles errores. Posteriormente, seleccionando “Presentar declaración”, el contribuyente puede elegir la forma de pago o cobro. Cuanto antes se presente la declaración si el resultado es a devolver, antes se recibirá el ingreso correspondiente.

Para concluir el proceso, solo queda pulsar “Aceptar”, marcar “Conforme” y hacer clic en “Firmar y enviar”. Con esto, se presenta la declaración de forma definitiva y se genera un PDF descargable como justificante.