El Gobierno prohibirá el trabajo infantil en ambientes con porno o violencia

Archivo - Un soldador y un operario trabajando en una obra

El Ministerio de Trabajo ha puesto en consulta pública un anteproyecto para reformar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 y el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado en 1997. Entre las principales novedades destaca la actualización de las actividades laborales prohibidas para menores de 18 años, ampliando la normativa vigente desde 1957.

Este ajuste regula específicamente que los menores quedan excluidos de labores en ambientes con animales peligrosos o venenosos, tareas relacionadas con el sacrificio industrial, trabajos afectados por la velocidad de las máquinas con pago a destajo, o aquellos que impliquen exposición a contenidos pornográficos o violentos. Además, se restringen los empleos que superen sus capacidades físicas o psicológicas.

Asimismo, se prohíbe el uso de ciertas maquinarias peligrosas, como sierras circulares, prensas y máquinas moldeadoras, salvo en casos formativos estrictamente supervisados y bajo condiciones de seguridad verificadas. Estas prohibiciones complementan las ya vigentes sobre exposiciones a radiaciones, agentes tóxicos, explosivos, minería, trabajos en altura o con riesgo eléctrico, entre otros.

  1. Derecho a la integridad física y moral
  2. Nuevas obligaciones empresariales
  3. Agente territorial de prevención y apoyo a pymes
  4. Integración de la perspectiva de género y nuevos riesgos

Derecho a la integridad física y moral

El anteproyecto incluye modificaciones al artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores para incorporar el derecho a la integridad física y moral, así como la protección frente a la violencia y cualquier forma de acoso en el ámbito laboral.

También se actualiza la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) con el fin de definir con mayor claridad las faltas relacionadas con la igualdad y no discriminación en el empleo y acceso a este. Se establecen condiciones para la reducción del 40% en las multas, siempre que el pago se realice antes de la resolución, entre otras condiciones.

No se aplicarán reducciones cuando las infracciones conlleven sanciones accesorias, estén relacionadas con accidentes laborales o enfermedades profesionales, o se presenten actas concurrentes con liquidación por los mismos hechos.

Nuevas obligaciones empresariales

Las empresas deberán implementar procedimientos de reincorporación tras ausencias prolongadas por motivos de salud, incluyendo la actualización de la formación preventiva cuando sea pertinente.

Además, deberán garantizar la vigilancia de la salud física y mental de los trabajadores, realizando exámenes médicos al inicio, de forma periódica y tras ausencias largas. También tendrán que registrar datos sobre exposición a riesgos y los daños derivados del trabajo.

Agente territorial de prevención y apoyo a pymes

El texto, basado en un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y sindicatos CCOO y UGT, prevé aumentar en un 20% el crédito horario de los delegados de prevención de riesgos. Se introduce la figura del agente territorial de prevención para apoyar a las pequeñas y medianas empresas, y se establece la consulta obligatoria a representantes sindicales para elegir la mutua de accidentes laborales.

Se contempla la bonificación en la formación obligatoria para empresas con menos de diez empleados, y la exigencia de que los delegados cuenten al menos con formación preventiva básica adaptada a cada sector. Además, se reducen los umbrales para la obligatoriedad de contar con servicios preventivos internos y se limita a diez el máximo de trabajadores para que la empresa gestione personalmente la prevención.

Integración de la perspectiva de género y nuevos riesgos

La reforma busca actualizar el marco normativo incorporando riesgos emergentes, como los psicosociales, derivados del cambio climático, del teletrabajo y de la desconexión digital. Pretende sumar la perspectiva de género en la gestión preventiva para garantizar la protección equitativa de mujeres y hombres.

También se incluyen consideraciones sobre la edad y diversidad generacional, adaptando las tareas a la evolución psicofisiológica de los trabajadores. Se refuerza la protección para trabajadoras embarazadas o lactantes, se promueve la prevención de accidentes y enfermedades mediante la gestión de riesgos ergonómicos y psicosociales, y se amplía la participación de los trabajadores en organización preventiva.

Por último, se introduce la figura de agentes territoriales de prevención para fortalecer la vigilancia en empresas sin representación sindical, especialmente en pymes. Según el informe de impacto económico, esta reforma podría reducir los costes sociales y económicos vinculados a siniestralidad, generando efectos positivos para el sistema productivo.