Consulta a la UCM sobre la firma de pliegos por personas sin título universitario

El proceso judicial que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, continúa avanzando con nuevas diligencias solicitadas por el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. El juez Juan Carlos Peinado ha instado a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) a entregar información detallada sobre las personas que, careciendo de titulación superior, suscribieron pliegos técnicos de contratación. La petición busca esclarecer si Gómez cometió un posible delito de intrusismo al firmar determinados documentos relacionados con su labor en la cátedra universitaria que codirigía.

La investigación gira en torno a la participación de Gómez en la elaboración y firma de pliegos técnicos para la contratación de patrocinadores de la citada cátedra en la UCM. El magistrado considera fundamental determinar si la firma de estos documentos exige una titulación concreta, por lo que solicitó también la colaboración de la Asociación Española de Abogados del Estado para emitir un informe sobre las cualificaciones académicas necesarias. El resultado de este análisis será clave para establecer si la actuación de la investigada constituye un delito de intrusismo o si, por el contrario, su participación no cesaría en responsabilidad penal.

El foco de la investigación se centra en la posible comisión de varios delitos. A Gómez se le atribuyen, además de intrusismo, presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca y malversación. En el transcurso de las actuaciones, la defensa de la esposa de Pedro Sánchez ha argumentado que la firma de los pliegos técnicos respondía a instrucciones dadas por la propia Universidad, separando así su implicación de posibles irregularidades.

  1. Investigación sobre los pliegos técnicos
    • Demanda de informes y esclarecimiento
      • Rechazo de nuevas testificales

        Investigación sobre los pliegos técnicos

        La pieza principal del caso se centra en los pliegos de condiciones y prescripciones técnico-facultativas suscritos en procedimientos para la adjudicación de contratos de servicios, suministros u obras públicas promovidos por la Universidad Complutense. El juez ha solicitado formalmente a la Escuela de Gobierno de la institución que remita, con la mayor prontitud posible, un listado de personas que hayan firmado estos pliegos sin poseer una titulación académica superior.

        La finalidad de esta diligencia ordenada es recopilar información fidedigna sobre posibles precedentes similares al de Gómez, con el objetivo de comparar situaciones y determinar si existió un actuar irregular. La respuesta de la UCM, junto con el dictamen solicitado a los Abogados del Estado, servirá de base para valorar si legalmente se requiere una cualificación específica para suscribir dichos documentos.

        El auto dictado por el juez incide en la necesidad de este informe para precisar si, desde el punto de vista jurídico, la firma de los pliegos conlleva la exigencia de una determinada titulación y, en consecuencia, si en el caso de la investigada podría tipificarse el delito de intrusismo.

        Demanda de informes y esclarecimiento

        En el desarrollo de la causa, el magistrado ha reiterado su interés en clarificar los requisitos legales para la elaboración de los pliegos técnicos. Así, requirió a la Asociación Española de Abogados del Estado un informe que detalla las cualificaciones académicas y titulaciones exigibles para firmar este tipo de documentación. El análisis solicitado se dirige a establecer un marco claro sobre quiénes pueden o no suscribir los documentos técnicos durante los procesos de selección y adjudicación de contratos públicos en la universidad.

        La defensa de Gómez, por su parte, ha subrayado en distintos requerimientos que su actuación se enmarcó dentro de las decisiones y directrices adoptadas por la propia Universidad Complutense. El énfasis se ha puesto en que los documentos firmados respondían a órdenes institucionales, buscando así descartar la existencia de una responsabilidad personal de la investigada.

        En relación a la acusación popular que interviene en el proceso, el juez ha recordado el alcance limitado del derecho de las partes para solicitar pruebas, señalando que la admisión de nuevas diligencias depende de su verdadera utilidad para esclarecer los hechos investigados.

        Rechazo de nuevas testificales

        Dentro del procedimiento, el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 ha rechazado la petición de la acusación popular para citar como testigo a Víctor de Aldama, empresario vinculado al llamado 'caso Koldo'. El magistrado ha expuesto que no existe ninguna relación conocida de Aldama ni con la cátedra dirigida por Gómez, ni con la Universidad Complutense, ni con los patrocinadores de la misma, ni con las empresas de otro de los investigados, Juan Carlos Barrabés.

        En la resolución dictada, el juez recuerda que "el derecho de las partes a solicitar diligencias de prueba no es un derecho ilimitado", apuntando que la declaración de Aldama no resultaría necesaria para el esclarecimiento de los hechos objeto de la investigación. Así, la instrucción del caso continúa centrada en acopiar toda la documentación e información relevante para determinar la naturaleza de las actuaciones atribuidas a Gómez y valorar si los hechos revisten o no carácter delictivo.

        Los pasos dados por el juzgado mantienen activa la investigación sobre los hechos denunciados y ponen el foco en la valoración de los requisitos legales para la firma de documentación técnica dentro del ámbito universitario y su posible correspondencia con las actuaciones de la esposa del presidente del Gobierno.