La Audiencia Nacional frena de forma cautelar la guía que autorizaba a enfermería

Archivo - Imagen de recurso de la fachada de la Audiencia Nacional.
Archivo - Imagen de recurso de la fachada de la Audiencia Nacional.

La organización del sistema sanitario cambia con frecuencia, pero no todos los ajustes llegan a aplicarse. Cuando una norma afecta al diagnóstico y al tratamiento, la prudencia y el marco legal marcan el ritmo.

En el caso de las infecciones urinarias no complicadas en mujeres adultas, la rapidez de acceso al tratamiento es un objetivo claro. Aun así, la seguridad del paciente y la delimitación de competencias profesionales siguen siendo el punto central del debate.

En este contexto, una decisión judicial ha frenado de forma temporal una guía que buscaba habilitar a enfermeras para indicar, usar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos en esta situación clínica.

  1. Medida cautelar sobre la guía
  2. Argumentos de la OMC y marco competencial
  3. Antecedente: publicación en el BOE

Medida cautelar sobre la guía

La Audiencia Nacional ha acordado suspender cautelarmente la efectividad de la guía que habilitaba a las enfermeras a indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos para infecciones del tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas.

Con esta decisión, el tribunal atiende la petición de la Organización Médica Colegial (OMC) y paraliza, de forma provisional, la efectividad de la Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se validaba dicha guía.

El auto implica que la guía no podrá aplicarse en ningún caso hasta que exista una sentencia firme dentro del procedimiento contencioso-administrativo en marcha.

Argumentos de la OMC y marco competencial

El presidente de la OMC, Tomás Cobo, interpreta el auto como un respaldo a los argumentos presentados por la corporación médica, con el foco puesto en la seguridad del paciente y en la cualificación profesional necesaria para el diagnóstico y el tratamiento.

Según ha subrayado, la rapidez o la conveniencia organizativa no deben situarse por encima de una atención sanitaria basada en la formación y en las competencias atribuidas por ley.

También ha remarcado que la resolución no cuestiona el papel esencial de la enfermería, descrita como una profesión imprescindible y complementaria. En cambio, la decisión se enmarca como una llamada a respetar el marco legal vigente y el principio de prudencia cuando se adoptan medidas que impactan de forma directa en la salud de las personas.

Desde la OMC se defiende la colaboración entre profesionales, junto con la idea de que cualquier cambio competencial debe apoyarse en una evaluación rigurosa, dialogada, sustentada en la evidencia científica y orientada a la seguridad del paciente.

Por último, Cobo sostiene que la resolución refuerza la posición de la corporación médica y confirma que la actuación seguida ha sido responsable, proporcionada y dirigida a la protección de los ciudadanos y a la calidad del sistema sanitario.

La OMC mantiene que la prescripción de medicamentos es un acto médico para el que se requiere la formación de seis años en el Grado de Medicina y cuatro o cinco años de especialización. En esa línea, recuerda que la legislación europea y la española reservan a médicos, odontólogos o podólogos, dentro de sus competencias, la facultad de instaurar tratamientos con medicamentos sujetos a prescripción médica, con el objetivo de proteger y garantizar la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes.

Antecedente: publicación en el BOE

En agosto de 2024, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la resolución de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud que validaba la guía ahora suspendida cautelarmente.

Con esa norma, las enfermeras podían recetar tratamientos para infecciones del tracto urinario (ITU). Se citaban principalmente dos tipos: cistitis, como infección de la vejiga o del tracto urinario inferior, y pielonefritis, como infección del tracto urinario superior que afecta a los riñones.

En el caso de la ITU no complicada, frecuente en mujeres adultas, el abordaje descrito se basa en iniciar de forma temprana medicación con antibiótico, sin necesidad de urocultivo rutinario. El objetivo es aliviar síntomas y erradicar la infección de manera rápida y eficaz, favoreciendo la accesibilidad al sistema sanitario.

Ante decisiones judiciales de este tipo, conviene mantenerse informado y priorizar siempre una atención ajustada a la normativa y a la seguridad del paciente, especialmente cuando el tratamiento incluye medicamentos sujetos a prescripción.