Solicitan al magistrado que precise si ha recibido la renuncia de Mouliaá

Archivo - Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón, en imagen de archivo

El tribunal debe pronunciarse este lunes sobre si procede el archivo del procedimiento relativo al exdiputado, a la espera de que el magistrado instructor responda a un requerimiento de la Audiencia Provincial de Madrid.

La Audiencia Provincial de Madrid ha solicitado al juez Adolfo Carretero que aclare si ha recibido el escrito presentado por la actriz Elisa Mouliaá en el que comunica la retirada de la acusación que mantenía contra el exdiputado Íñigo Errejón por presunto abuso sexual, y que informe también de si se ha adoptado alguna decisión tras esa presentación.

  1. Requerimiento de la Audiencia al instructor
  2. Alcance del escrito de Elisa Mouliaá
  3. Criterio del juez sobre los indicios
  4. Posiciones de la Fiscalía y la acusación popular

Requerimiento de la Audiencia al instructor

En una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el presidente de la Sección Cuarta ha emplazado al magistrado a despejar dos extremos: la recepción del escrito de Mouliaá y la existencia de una resolución posterior. La Sección subraya que ambas cuestiones resultan "al ser relevantes para la deliberación" que el tribunal debe celebrar este mismo lunes.

La Audiencia Provincial tenía previsto examinar en esa sesión el recurso de Errejón contra su procesamiento por el presunto abuso sexual. Por ello, el órgano provincial demanda precisión sobre el estado real del incidente y sobre los efectos procesales que podrían derivarse de la retirada anunciada por la denunciante.

El requerimiento añade que, si el juzgado hubiera recibido el documento, se remita "copia del mismo, así como certificación de la resolución que se haya dictado poniendo fin definitivamente al incidente, indicando si es firme o si se encuentra recurrida". Con esa petición, la Audiencia busca conocer si el instructor ha acordado o no el archivo de las actuaciones contra Errejón.

El planteamiento deja en manos del juez la confirmación de la documentación y del sentido de cualquier decisión, de modo que el tribunal pueda deliberar con la información actualizada y completa antes de resolver sobre el curso del procedimiento.

Alcance del escrito de Elisa Mouliaá

El pasado miércoles, la actriz comunicó a través de sus redes sociales que retiraba su acusación contra Errejón. En ese mensaje afirmó que "no es una retractación, es un límite", y explicó que adopta la decisión porque "ninguna otra víctima ha dado el paso" y porque se siente "sola sosteniendo todo".

En la misma comunicación añadió: "Y no puedo seguir haciéndolo. No porque no sea verdad, sino porque nadie debería cargar sola con algo así. Si la justicia continúa, por tratarse de un proceso de naturaleza pública, lo hará sin mi participación. Yo me retiro con la conciencia tranquila".

El contexto procesal al que alude esa declaración se vincula a la naturaleza pública del procedimiento, circunstancia que puede permitir que la causa siga su tramitación incluso si la denunciante deja de intervenir activamente. En todo caso, la Audiencia Provincial ha pedido al instructor que concrete si el escrito ha entrado formalmente en el procedimiento y qué efectos se le han atribuido.

La comunicación pública de Mouliaá se produce mientras el tribunal provincial analiza el recurso del exdiputado, por lo que la constatación judicial de la recepción del escrito y de cualquier resolución asociada se considera determinante para el debate interno del órgano.

Criterio del juez sobre los indicios

El instructor procesó al exdirigente de Sumar el pasado noviembre, después de trece meses de investigación. Durante ese periodo se tomó declaración al propio Errejón, a Mouliaá, a testigos y a psiquiatras, en el marco de las diligencias practicadas.

Como parte de las pesquisas, el juzgado llegó a requerir al exdiputado y a la actriz para que aportaran las conversaciones que intercambiaron en fechas próximas a la agresión denunciada. Ese material se solicitó con el objetivo de incorporarlo a la valoración del conjunto de indicios.

Según la denuncia de la artista, los hechos se habrían producido durante la presentación de un libro de Errejón y tras casi un año de conversaciones por redes sociales. Mouliaá sostuvo que, al finalizar el acto, ambos fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y que ella, que ya tenía previsto acudir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, "por educación" invitó al dirigente a acompañarla.

En su valoración, el juez consideró que "los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental". Ese criterio sustentó el procesamiento acordado en noviembre, ahora impugnado por el recurso pendiente de estudio en la Audiencia Provincial.

La Fiscalía de Madrid, por su parte, pidió al juez el archivo de la causa al estimar "insuficientes" los indicios. Además, en su escrito de conclusiones provisionales, al que ha tenido acceso Europa Press, solicitó la "libre absolución" de Errejón al entender que "los hechos no son constitutivos de delito".

Frente a esa posición, el abogado de la acusación popular ejercida por la Asociación de Defensa Integral de Víctimas Especializada (Adive), Jorge Piedrafita, mantiene la acusación contra Errejón al considerar que permanece "el relato de los graves hechos que atentan contra la libertad sexual". En ese marco, añadió: "Por muy poderoso que sea el denunciado no pueden quedarse impunes".

Adive sostiene que el juicio contra Errejón se celebrará pese a que tanto Mouliaá —quien llegó a pedir tres años de cárcel para el exdiputado— como la Fiscalía hayan retirado sus acusaciones. La asociación ha indicado que su actuación pretende salvaguardar "los derechos de la víctima, que ha sufrido un enorme desgaste y exposición en solitario".

Con la deliberación prevista y el requerimiento cursado al instructor, el foco inmediato queda puesto en la respuesta del juez Adolfo Carretero: la confirmación de la recepción del escrito, la remisión de la documentación solicitada y la comunicación de si existe una resolución que ponga fin al incidente, con indicación de si es firme o si ha sido recurrida.