Aena estudia acciones legales para proteger sus derechos ante el órgano bilateral con Euskadi

Archivo - Aeropuerto de Bilbao
  1. Aena y el nuevo órgano de colaboración para los aeropuertos vascos
  2. Marco legal sobre la gestión de aeropuertos en España

Aena y el nuevo órgano de colaboración para los aeropuertos vascos

El órgano bilateral anunciado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el lehendakari, Imanol Pradales, destinado a la "colaboración, coordinación y gestión" de los aeropuertos en el País Vasco, debería mantener un carácter "estrictamente consultivo", según señala Aena. La compañía ha anunciado que encargará a sus asesores jurídicos revisar las acciones que correspondan en defensa de sus intereses y los de sus accionistas.

En una comunicación dirigida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elena Roldán, secretaria del consejo de Aena, subraya que este nuevo órgano no debe implicar ningún cambio en la red de aeropuertos de interés general ni en el modelo empresarial de Aena. Según la ley vigente, la propiedad y gestión de estos aeropuertos corresponde exclusivamente a Aena, mientras que la competencia normativa recae en el Estado, conforme a la Constitución Española.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible aclaró recientemente que dicho órgano funcionará mediante consenso y sin competencias ejecutivas, sin afectar el régimen legal que regula la operativa de Aena. Además, manifestó que la estructura en red de los aeropuertos de Aena ni los procesos establecidos en la Ley 18/2014, relacionados con la aprobación del Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) y sus tarifas, sufrirán ninguna alteración.

El Ministerio destaca que la finalidad de esta iniciativa es mejorar la cooperación con la administración vasca para generar sinergias que permitan aeropuertos más eficientes, seguros, sostenibles y con mayor calidad en el servicio.

No obstante, Aena señala que algunas declaraciones del lehendakari pueden generar incertidumbre en los inversores y mercados sobre el alcance del acuerdo y su impacto en la empresa. En concreto, advierte que ciertos aspectos del comunicado oficial del Gobierno Vasco podrían contravenir la normativa vigente, afectando el modelo aeroportuario español y perjudicando los intereses legítimos de Aena y sus accionistas, tanto públicos como privados.

La Constitución Española, en su artículo 149.1.20, otorga al Estado la competencia exclusiva en materia de aeropuertos de interés general. Por ello, las funciones normativas, de supervisión y regulación recaen exclusivamente en el Gobierno central, principalmente a través del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

En cambio, la comunidad autónoma del País Vasco dispone de competencias en urbanismo, gestión ambiental, transporte terrestre, intermodalidad, desarrollo económico y promoción turística.

De acuerdo con la Ley 18/2014, aprobada el 15 de octubre, la red de aeropuertos de interés general se considera un servicio de interés económico general y es propiedad de Aena. Esta empresa, que cotiza en bolsa y cuenta con un 49% de capital privado, posee la gestión exclusiva de estos aeropuertos, derecho protegido por la libertad de empresa establecida en el artículo 38 de la Constitución Española.