El Supremo facilita el permiso de 5 días para cuidar a familiares
- Permiso laboral flexible para cuidado familiar
- Interpretación del Tribunal Supremo
- Recurso y respuesta sindical
- Aspectos jurídicos y criterio del TS
Permiso laboral flexible para cuidado familiar
El Tribunal Supremo ha establecido que el permiso laboral de cinco días para atender a un familiar se puede utilizar de forma flexible, sin que deba iniciarse "necesariamente" en el momento del suceso que lo motiva. Esta flexibilidad permite una organización racional, planificada y eficiente del cuidado al familiar afectado.
Esta interpretación corresponde a la Sala de lo Social en una sentencia fechada el 4 de febrero, en la que se da la razón a los sindicatos en un conflicto con el Grupo RACE en torno al disfrute del permiso regulado en el artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Dicho permiso contempla cinco días para casos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin ingreso hospitalario que requiera reposo en casa, aplicado al cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo también a convivientes en el mismo domicilio que necesiten cuidado efectivo.
Interpretación del Tribunal Supremo
El Supremo señala que no se puede condicionar el inicio del permiso al evento causante, ya que limitaría la posibilidad de organizar de forma planificada la asistencia al familiar, afectando negativamente a la eficacia del cuidado requerido. En sus argumentos finales, el Tribunal indica que estos permisos deben poder distribuirse de manera racional según las circunstancias del caso.
Recurso y respuesta sindical
La decisión judicial surge tras un recurso de casación presentado por el Grupo Empresarial RACE, Asegurace, RACE Asistencia y Unión de Automóviles Club contra una sentencia previa de la Audiencia Nacional de septiembre de 2024. Dicha sentencia respondió a un conflicto colectivo impulsado por los sindicatos CC.OO., CSIF y UGT.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) valoró positivamente esta resolución, considerándola un triunfo para proteger los derechos laborales en el sector privado y evitar posibles abusos. Asimismo, subrayó que se trata de la primera vez que el Tribunal Supremo se pronuncia sobre este aspecto específico del permiso.
Aspectos jurídicos y criterio del TS
El Tribunal analizó si el disfrute del permiso debe comenzar "obligatoriamente en el primer día laborable siguiente al hecho que lo genera". Al respecto, indicó que ni el Estatuto de los Trabajadores ni el convenio ni la directiva europea establecen un criterio sobre el momento exacto para hacer efectivo este derecho.
En su doctrina, el Tribunal ha reconocido que el propósito fundamental de estos permisos es atender al paciente que puede requerir ayuda en un periodo largo e incierto, sujeto a distintas situaciones médicas. Además, a partir de una sentencia de 2025, reafirmó que el permiso debe permanecer vinculado a la asistencia mientras existan necesidades asistenciales, sin limitarse a fechas específicas.
Una obligación de comenzar el permiso inmediatamente después del hecho causante supondría, según el Supremo, una reducción significativa de su función protectora al impedir una correcta planificación del cuidado.
De esta manera, el Tribunal considera imprescindible no solo el derecho del trabajador, sino también el interés prioritario de la persona que necesita los cuidados. Por todo lo anterior, la Sala de lo Social rechazó el recurso de casación y ratificó la sentencia de la Audiencia Nacional, sin imponer costas.