jueves. 02.05.2024

El Gobierno completa el desarrollo de los planes de pensiones, con nuevos fondos de promoción pública

Se regula la constitución de los nuevos fondos de promoción pública que se gestionarán a través de una plataforma digital

 (I-D) La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría; la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez y la ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant, a su llegada a una rueda de prensa posterior a la reu - Eduardo Parra - Europa Press
(I-D) La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría; la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez y la ministra de Ciencia e Innovación, Diana Morant, a su llegada a una rueda de prensa posterior a la reu - Eduardo Parra - Europa Press

 

 

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto que completa el desarrollo reglamentario de la Ley de Planes de Pensiones de Empleo y establece un marco normativo actualizado que pretende impulsar el ahorro vinculado al ámbito laboral para todos los trabajadores.

El Real Decreto establece, en primer lugar, los elementos básicos para la constitución y funcionamiento de los nuevos fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos. De forma específica se incluyen las características y funcionalidades de la plataforma digital común a través de la cual se realizará toda la operativa y comunicación entre promotores y partícipes y que también ofrecerá información general para todas las entidades y ciudadanos.

Esta plataforma, que se pondrá en marcha próximamente, será una herramienta esencial para que los partícipes dispongan en todo momento de toda la información relevante de forma accesible y transparente.

En segundo lugar, se completa la regulación de los planes de pensiones de empleo simplificados para su promoción y formalización de forma rápida y su integración en fondos de pensiones de manera ágil, tanto de promoción pública como de promoción privada, potenciando la digitalización en todos los procesos.

A esta modalidad de planes pueden acogerse trabajadores de empresas con convenios sectoriales, empleados públicos, trabajadores autónomos y los miembros de asociaciones, federaciones y cooperativas.

La norma establece el procedimiento de integración de los planes de pensiones simplificados en los nuevos fondos de pensiones de promoción pública o en otros fondos de pensiones ya existentes. Asimismo, el Real Decreto establece la identificación y delimitación de los promotores, así como la información a facilitar a partícipes y beneficiarios, aspectos relativos a la movilización de los derechos de los partícipes y beneficiarios y la concreción de las funciones de las Comisiones de Control Especial.

También se extiende el acceso a estos instrumentos a todos los trabajadores, con la reducción del plazo de dos años a un mes como máximo para que se adhiera un trabajador al plan de pensiones de empleo

Adicionalmente, se actualiza el régimen de inversiones de los fondos de pensiones, reforzando las políticas de implicación de los fondos de pensiones como inversores institucionales: se facilitan las inversiones en instituciones de inversión colectiva, en capital riesgo y emprendimiento.

SE PERMITE REALIZAR APORTACIONES EN SUPUESTOS DE JUBILACIÓN PARCIAL

También se actualizan los criterios de valoración de las inversiones y se introducen criterios de inversión relacionados con el ciclo de vida de los participantes, facilitando la variación de la distribución de las inversiones en función de la edad de los participantes.

Finalmente, se mejora el régimen económico de las aportaciones a planes de pensiones, permitiendo al partícipe continuar realizando aportaciones en supuestos de jubilación parcial. También se hace posible que los ahorradores se beneficien de aportaciones realizadas por las empresas a través de programas comerciales o campañas de patrocinio, poniendo en práctica una de las propuestas de innovación resultantes del sandbox financiero.

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