Interior ha otorgado semilibertad a 56 presos de ETA desde 2003

Archivo - La exjefa de ETA María Soledad Iparragirre, alias 'Anboto', en la Audiencia Nacional
  1. Semilibertad para presos de ETA
  2. El PP cuestiona la relación con Bildu
  3. Controversia judicial sobre el artículo 100.2
  4. Decisiones basadas en la legislación penitenciaria

Semilibertad para presos de ETA

Desde 2003, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha otorgado la semilibertad a 56 reclusos vinculados a ETA mediante el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este artículo permite aplicar un principio de flexibilidad en la ejecución de penas, que últimamente ha sido puesto en duda por un juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, en relación con las decisiones del Gobierno vasco.

Esta información fue revelada en una respuesta parlamentaria fechada el 9 de abril, a la que tuvo acceso Europa Press. En ella, el Partido Popular solicitaba datos sobre la aplicación del mencionado artículo desde 2003 hasta el 30 de septiembre de 2021, fecha en la que el Ejecutivo central traspasó las competencias penitenciarias al Gobierno autónomo vasco.

En su respuesta, el Gobierno aclaró que la aplicación del artículo 100.2 requiere un modelo de ejecución que incorpore características de distintos grados penitenciarios, correspondientemente supervisado por las Juntas de Tratamiento.

El PP cuestiona la relación con Bildu

El proceso de aplicación se hace “a propuesta de los equipos técnicos” de las prisiones, basándose en un programa concreto de tratamiento que debe ser confirmado por el juez de vigilancia. En concreto, desde 2003 se emitieron 11.264 resoluciones bajo el artículo 100.2, de las cuales 97 correspondieron a delitos terroristas y 56 a miembros de ETA.

El PP puso en duda esta práctica, sugiriendo que los beneficios penitenciarios para los presos de ETA estarían vinculados a gestiones políticas, buscando garantizar el respaldo parlamentario de EH Bildu.

Controversia judicial sobre el artículo 100.2

El 22 de abril, el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, cuestionó la aplicación del artículo 100.2 y anuló la semilibertad concedida por el Gobierno vasco a la exlíder de ETA María Dolores Soledad Iparraguirre, conocida como 'Anboto', junto con Juan Ramón Carasatorre.

El juez coincidió con las voces críticas de asociaciones de víctimas del terrorismo como AVT y Covite, que denuncian una “amnistía encubierta” para los miembros de ETA. Además, indicó la necesidad de revisar el mecanismo de aplicación del artículo 100.2 para que no se ejecute automáticamente tras la aprobación unilateral del Gobierno vasco, y propuso que se equipare su control judicial al procedimiento del tercer grado penitenciario, donde la Fiscalía puede paralizar su ejecución mediante recurso.

Decisiones basadas en la legislación penitenciaria

En su exposición parlamentaria, el Gobierno central destacó que estas resoluciones responden a estudios profesionales que valoran las circunstancias personales y penitenciarias de cada interno, siempre bajo la supervisión final del juez de Vigilancia Penitenciaria.

El Ejecutivo remitió al Gobierno vasco para obtener datos sobre presos de ETA desde septiembre de 2021, cuando asumió competencias, aunque puntualizó que, desde 2003, Instituciones Penitenciarias había aprobado 158.457 resoluciones de tercer grado en diversas modalidades, 128 de ellas relacionadas con delitos terroristas, incluidas 68 vinculadas a ETA.