jueves. 25.04.2024

Los vehículos de movilidad personal (como los patinetes eléctricos), las bicicletas y los ciclos no podrán circular por aceras y otras zonas peatonales, lo cual está sancionado con 200 euros de multa por ser una infracción grave en la nueva ley de tráfico, que entrará en vigor el primer trimestre del próximo año.

Ésta es una de las novedades incluidas en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, enviado por el Gobierno a las Cortes Generales el pasado mes de marzo y que afronta su recta final parlamentaria después de que el Senado lo enviara este miércoles al Congreso para su aprobación definitiva. La norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El recorrido por la Cámara Alta introdujo bastantes novedades en el texto, entre ellas tipificar como infracción grave (200 euros de multa) que vehículos de movilidad personal, bicicletas y ciclos circulen por aceras y demás zonas peatonales.

El Reglamento General de Circulación prohíbe desde 2003 circular por las aceras y demás zonas peatonales a toda clase de vehículos, pero actualmente muchos usuarios de bicicletas y, sobre todo, patinetes eléctricos lo hacen por esos lugares, con el consiguiente peligro para los peatones.

No en vano, la Dirección General de Tráfico (DGT) lanzó a finales de octubre una campaña para sacar a los patinetes de las aceras. El Senado eleva ahora a rango de ley esa prohibición.

SIN MARGEN DE 20 KM/H

Por otro lado, uno de los aspectos más controvertidos del proyecto legislativo en su tramitación parlamentaria fue la propuesta del Gobierno de que se elimine esa horquilla de 20 km/h, pero el Congreso la tumbó por un estrecho margen de votos en contra en el estreno del exministro José Luis Ábalos como presidente de la Comisión de Interior.

Con el texto en el Senado, el PSOE y Junts per Catalunya presentaron sendas enmiendas para suprimir ese margen de 20 km/h para adelantar en carreteras de un carril por sentido y ambas fueron aprobadas, tras un desencuentro dialéctico en la tribuna entre portavoces del PSOE y del PP.

Por otra parte, el pulso que mantienen las autoescuelas tradicionales y las digitales por la formación de conductores ha quedado en tablas en el recorrido parlamentario de la reforma de la ley de tráfico.

El Congreso apuntó que las clases teóricas para obtener el carné de conducir podrán realizarse a distancia y que no es necesario tener un establecimiento físico o local para operar como autoescuela en toda España, algo que tumbó el Senado, que, además, respalda la formación online en los cursos de concienciación y sensibilización si se asegura la interacción entre alumnos y profesores en un aula virtual.

Además, el Senado aprobó que sean infracciones graves (500 euros de multa) arrojar desde el coche objetos que puedan producir incendios o accidentes, incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas e incumplir las normas sobre el uso de alcoholímetros antiarranque, obligatorios en vehículos de transporte de viajeros desde el 6 de julio de 2022. Y se tipifica como infracción leve (hasta 100 euros) que los ciclistas incumplan las normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.

Otras novedades son que los conductores que sean cazados adelantando a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros sean sancionados con seis puntos menos en el carné y los mensajes en paneles de señalización figurarán en castellano y la lengua cooficial en las comunidades autónomas que la tengan.

Igualmente, los menores de edad tendrán una tasa cero de alcohol como conductores de cualquier vehículo y se abre la puerta a que los ciclistas puedan ir por el centro del carril en las vías urbanas por motivos de seguridad.

Ir con patinete por la acera tendrá 200 euros de multa