jueves. 25.04.2024

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional son quienes han dado la razón a la Agencia Tributaria frente al recurso judicial de Sabina, que ya había reclamado sin éxito por vía administrativa ante el Tribunal  Económico-Administrativo Central . 

Durante los tres años que abarca la inspección tributaria, las tres compañías familiares de las que Sabina era socio o administrador, Ultramarinos Finos, Relatores y El Pan de Mis Niñas; generaron más de 12 millones de euros en ingresos de explotación: "Todos estos ingresos tienen una relación directa con el demandante, ya sea por servicios facturados o por cobro de derechos de autor (cedidos por el demandante a la sociedad), con las actividades profesionales en las que la intervención" del cantante "constituía el elemento esencial y personalísimo de la prestación del servicio correspondiente (realización de galas, 'royalties', ventas nacionales de discos, colaboraciones en prensa, etc.)".

Por parte del fisco, en su liquidación a Sabina, acordó incrementarle la base imponible del IRPF después de que el cantante hubiera pagado menos tributos con sus empresas por el Impuesto de Sociedades.

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