Juez del 'caso Leire' excluye a García Castellón y Aldama: no son perjudicados

Archivo - La exmilitante del PSOE Leire Díez a su llegada a los juzgados de la Plaza Castilla.

El juzgado que instruye el conocido como caso Leire Díez ha acordado cambios en las personaciones dentro del procedimiento. La resolución afecta a quienes pretendían actuar como acusación particular.

Según el auto consultado por Europa Press, el juez Arturo Zamarriego adopta esta decisión al apreciar que no queda acreditada la condición de perjudicados por las actuaciones atribuidas a la exmilitante socialista.

  1. Salida de acusaciones particulares
  2. Razones en el caso de Víctor de Aldama
  3. Falta de hechos concretos en Manuel García Castellón
  4. Competencia y rechazo de una nueva línea

Salida de acusaciones particulares

El instructor ha apartado de la causa como acusaciones particulares al magistrado jubilado Manuel García Castellón y al empresario Víctor de Aldama, al concluir que no han resultado perjudicados por las presuntas maniobras investigadas.

En la misma resolución, el juez emplaza a ambos a que, si se consideran víctimas, presenten la querella correspondiente para que esos hechos se examinen. También se indica la posibilidad de intervenir en el procedimiento como acusación popular.

La personación como acusación particular fue admitida el pasado mes de noviembre, al apreciarse entonces que podían haber sido víctimas o perjudicados en el marco de esta investigación.

En este caso, el juzgado analiza si Leire Díez encabezaba una actuación delictiva, continuada y coordinada, dirigida a recabar información comprometida o irregular de mandos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de la Fiscalía Anticorrupción, con el objetivo de anular o malbaratar pesquisas en casos relevantes que afectan a políticos y empresarios.

Razones en el caso de Víctor de Aldama

Respecto a Aldama, la resolución recoge que su representación sostenía que el empresario habría sido víctima de un posible delito de revelación de secretos.

No obstante, el instructor precisa que los hechos invocados no se conectan con los que motivaron la incoación de esta causa, centrada en presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias.

Falta de hechos concretos en Manuel García Castellón

En cuanto a García Castellón, el juez sostiene que en el escrito de personación no se concreta ningún hecho que respalde su condición de perjudicado, más allá de aludir a que de diversos artículos periodísticos se desprendería que Díez habría difundido informaciones presuntamente falsas para menoscabar su honor y su imagen.

El magistrado añade que ese eventual menoscabo, si tuviera relevancia penal, encajaría en un posible delito de injurias, ajeno al objeto de esta investigación.

Competencia y rechazo de una nueva línea

Por otro lado, el juez Zamarriego ha estimado el recurso presentado por la defensa de Díez y ha rechazado la inhibición promovida por el Juzgado de Instrucción Número 2 de Badajoz, devolviendo las actuaciones a ese órgano. Según el instructor, no resulta competente para conocer de esas diligencias.

Ese juzgado había remitido a Madrid la querella de la organización Hazte Oír contra Leire Díez y el exjuez Luis Sáez de Tejada por presuntos delitos de revelación de secretos, estafa procesal, cohecho y tráfico de influencias.

En dicha querella, Hazte Oír les atribuía un intento de sabotear la causa abierta contra el hermano de Pedro Sánchez en el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, y señalaba un interés obsesivo por apartar a la jueza Beatriz Biedma de ese procedimiento.