El Supremo ratifica 50 años de prisión por secuestro y intento de asesinato a su novia menor
El Tribunal Supremo ha ratificado una condena de 50 años de prisión contra un hombre que intentó asesinar a golpes a su pareja menor de edad, además de violarla y retenerla durante 35 días, período en el que mostró absoluta indiferencia hacia ella.
Con esta sentencia, el alto tribunal confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial, la cual ya había sido avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El acusado fue juzgado por múltiples delitos, entre ellos asesinato, agresión sexual, malos tratos físicos y psicológicos reiterados, trato degradante, lesiones, amenazas y privación ilegal de libertad.
Estos hechos sucedieron en Fuenlabrada (Madrid) entre el 18 de octubre y el 23 de noviembre de 2021, cuando el acusado contaba con 19 años y la víctima, con 16. Según el Supremo, el hombre ejerció sobre ella un control absoluto para aislarla de su entorno familiar y social, sometiéndola a un constante hostigamiento que incluía evitar que abandonara las habitaciones donde residían.
Detalles del asedio y agresiones
La pareja inicialmente vivió en la casa del padre del hombre, donde él ya le prohibía asistir al colegio o salir sola a la calle. Posteriormente se mudaron a un piso alquilado junto a dos hermanos y la novia de uno de ellos. En este nuevo lugar, el hombre intensificó su comportamiento controlador, prohibiéndole salir del piso y, poco después, de su habitación, para evitar contacto con los demás residentes.
El acusado abandonó su empleo por celos y comenzó a agredirla casi a diario. La sentencia relata que, desde el primer día en el nuevo domicilio, ejerció violencia física y sexual con extrema brutalidad que generó en la víctima un miedo constante y profundo.
En un momento, la menor logró escapar cuando él intentaba impedir que saliera de la habitación; al caer al suelo, el ruido alertó a los otros ocupantes del piso, quienes la encontraron gravemente herida y acudieron en su ayuda.
Criterio del Supremo en el recurso
Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial impuso al condenado la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, además de una indemnización superior a 200.000 euros.
El acusado recurrió alegando que el testimonio de la víctima no concordaba con las declaraciones de otros testigos. Frente a esto, el Supremo destacó que no existen pruebas que contradigan la versión de la menor y que su cuerpo, con múltiples lesiones graves, constituye una corroboración fiable de sus palabras.
El recurrente también cuestionó la ausencia de una atenuante por supuesta dependencia a alcohol y drogas, afirmando que cometió los hechos bajo su efecto. No obstante, el Tribunal indicó que estos argumentos ya fueron desestimados en apelación y que los documentos presentados no evidencian consumo en el momento de los hechos ni antes, sino solo posteriormente.