viernes. 29.03.2024

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR ha acordado autorizar la apertura del ocio nocturno en los niveles 1 y 2 con limitaciones en aforos y zonas de baile. El Tribunal también admite permitir el consumo en barra respetando la distancia interpersonal de un metro y medio. Por el contrario deja invariable las medias adoptadas por el Gobierno regional para el Nivel 3+. De esta manera estima parcialmente la petición de medidas cautelares planteadas por hostelería y ocio nocturno.

La Sala argumenta en su auto que "la administración no ha justificado suficientemente la proporcionalidad de cada una de las medidas ahora cuestionadas, tomadas en lo que concierne a la hostelería, restauración y ocio nocturno en los nieves 1, 2 y 3". Añade el Tribunal que "las medidas adoptadas en las resoluciones recurridas carecen de la necesaria justificación que la administración habría debido desplegar para defender la necesidad de dichas medidas frente a otras que hubieran podido adoptarse menos lesivas e igualmente eficaces para los fines a alcanzar".

En el auto se señala que "ha de tenerse en cuenta la evolución de la pandemia, el decaimiento del estado de alarma, el avance en el proceso de vacunación y la mejora sanitaria que progresivamente va alcanzándose en nuestra Comunidad y en España". Añade la Sala que también tiene en cuenta que los locales de ocio nocturno han permanecido cerrados desde el mes de marzo de 2020 "por lo que son claros para esta Sala los perjuicios sufridos por los empresarios de este sector".

El Tribunal afirma en su resolución que no existe en el Plan de Medidas según Indicadores (PMI) "suficiente justificación ni motivación sobre el horario de cierre de la hostelería por lo que suspende la limitación en el cierre de la hostelería y restauración en los Niveles 2 y 3".

Por ello, la Sala acuerda cautelarmente suspender la medida relativa a los cierres de hostelería en los Niveles 2 y 3, permitiendo el cierre de los mismos según la correspondiente licencia de actividad de cada negocio, con el límite de las 2,00 de la madrugada. En el Nivel 3+ la hostelería mantendrá el cierre a las 23,00 de la noche.

También suspende la medida de prohibición de consumo en barra en los Niveles 2 y 3 con la obligación de mantener separación interpersonal de 1,5 metros entre las personas que estén consumiendo en la barra.
Se mantiene la prohibición de consumo en barra en el Nivel 3+.

Además, no suspende la medida del PMI que impide que en los municipios de más de 3.000 habitantes se pueda activar un nivel de alerta inferior al correspondiente al conjunto de municipios de La Rioja.

Con respecto al cierre de las discotecas y locales de ocio nocturno ha indicado que en el nivel 1 de alerta se permite la apertura de estos locales de ocio nocturno y discotecas hasta las 2:00 am salvo que su licencia de actividad prevea una hora anterior.

El aforo permitido será del 50 por ciento en zonas interiores. Se permite el consumo en mesa, que deberán guardar entre ellas una distancia de dos metros. Las mesas tendrán un límite de seis personas. Se permite consumo en barra, guardando las distancia entre personas de 1.50 metros. El uso de la mascarilla será obligatorio. Se permite la apertura de la pista de baile.

En el Nivel 2 de alerta se permite la apertura de estos locales de ocio nocturno y discotecas hasta las 2:00 am salvo que su licencia de actividad prevea una hora anterior. El aforo permitido será del 50 por ciento en zonas interiores. Se permite el consumo en mesa, que deberán guardar entre ellas una distancia de 2 metros. Las mesas tendrán un límite de seis personas. Se permite consumo en barra, guardando las distancia entre personas de 1.50 metros. El uso de la mascarilla será obligatorio. No se permite la apertura de la pista de baile.

En los Niveles 3 y 3+ de alerta no se permite la apertura de los locales de ocio nocturno ni discotecas.