Un hospital neerlandés admite inseminaciones con semen de un ginecólogo

Un ginecólogo empleó su propio semen en varios tratamientos de fertilidad sin el consentimiento de sus pacientes

Un tribunal neerlandés ha declarado responsable a un hospital por los perjuicios derivados de la actuación de un ginecólogo externo que, sin autorización, utilizó su propio semen en varios tratamientos de fertilidad.

Uno de los episodios, situado en los años ochenta, ha salido a la luz y el tribunal lo ha calificado como una vulneración “grave” de la "integridad física y psíquica" de la madre y de los hijos afectados.

El procedimiento se centra en una inseminación artificial realizada en 1988 y en la responsabilidad del centro sanitario donde se practicó, además de la conducta del médico implicado.

  1. Fallo sobre el hospital de Zwolle
  2. Antecedentes del caso Jan Wildschut

Fallo sobre el hospital de Zwolle

Según los hechos examinados, una mujer se sometió en 1988 a una inseminación artificial tras acordar de forma explícita que se emplearía el semen de su entonces marido. Sin embargo, el ginecólogo recurrió a su propio semen sin informar a la pareja, y de ese tratamiento nacieron trillizos.

En su resolución, el tribunal estableció que el hospital de la ciudad de Zwolle debe responder por los daños materiales e inmateriales sufridos por la madre y los menores. La decisión se apoya en que existía una relación contractual no solo con el ginecólogo implicado, Jan Wildschut, sino también con el centro sanitario donde se realizó el procedimiento.

El tribunal se negó a cerrar el caso

El hospital alegó que la reclamación había prescrito, al haber pasado más de dos décadas desde lo ocurrido. El tribunal rechazó ese argumento y consideró "irracional" e "inaceptable" cerrar el asunto por ese motivo, dada la gravedad de "la infracción reprochable" a la "integridad física y psíquica" de la madre y de los hijos.

Frente a una instancia anterior, el tribunal de apelación concluyó que la conducta del médico constituyó un incumplimiento contractual atribuible también al hospital y, respecto a los hijos, "un acto ilícito". La sentencia señala que durante años creyeron que otra persona era su progenitor "y nunca pudieron conocer a su verdadero padre biológico".

El tribunal contextualizó el caso en el marco de 1988, cuando todavía no se había introducido el Código Civil actual y era frecuente que un especialista trabajara en un hospital con un contrato de admisión. En ese contexto, el paciente firmaba un contrato con el doctor dentro del propio hospital.

En ese sentido, la resolución recoge: "La madre podía confiar legítimamente en que también había celebrado un contrato con el hospital para el tratamiento de su infertilidad por parte del ginecólogo que trabajaba dentro del hospital". El tribunal subraya que las víctimas pueden interponer la demanda de indemnización contra el hospital y fija que más adelante se concretará la cuantía tras valorar los daños.

Este caso se encuadra en decenas de episodios destapados en Países Bajos sobre prácticas irregulares en tratamientos de fertilidad en las décadas de 1980 y 1990.

La sentencia sitúa el foco en la responsabilidad del centro sanitario y en el impacto personal y jurídico de la sustitución del donante sin consentimiento, con especial atención a las consecuencias para la madre y para los hijos nacidos del procedimiento.

Antecedentes del caso Jan Wildschut

En el caso de Zwolle, el hospital ha reconocido que Wildschut trabajó allí entre 1981 y 1993. También ha admitido que pudo haber engendrado decenas de hijos con su propio esperma, tanto en tratamientos con donante como en procedimientos destinados a utilizar el semen de la pareja.

La situación se conoció en octubre de 2020, cuando un hijo concebido mediante donación encontró una coincidencia de ADN con una sobrina de Wildschut en una base de datos internacional. Para entonces, el médico ya había fallecido.

Tras ese hallazgo, el hospital realizó un llamamiento público. A partir de entonces, se registraron datos en bases de ADN gestionadas por organizaciones especializadas.

El procedimiento judicial continúa centrado en depurar responsabilidades del centro donde se prestó la asistencia, mientras se mantiene la evaluación de los daños ocasionados por la actuación del ginecólogo en el marco de los tratamientos de fertilidad de aquellas décadas.