El Gobierno extiende cinco años la restricción para la Iglesia sobre obras históricas

Cuadro de la Vrigen de la Paloma durante la Festividad de la Virgen de la Paloma. Madrid, 15 Agosto 2020

El Gobierno ha decidido extender por cinco años más la restricción que impide a la Iglesia católica vender o ceder a particulares obras con valor histórico o artístico. Esta medida estará vigente hasta que se concluya el inventario general de bienes pertenecientes a dichas entidades eclesiásticas.

Esta información se extrae del Real Decreto-ley que declara varios proyectos y programas como eventos de interés público excepcional, según el documento al que tuvo acceso Europa Press.

En el texto se indica la necesidad de ampliar, por medio de un plazo adicional de cinco años, el periodo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 16/1985, de 25 de junio, en relación con la transmisión, cesión e inventario de bienes muebles de la Iglesia.

  1. Protección del patrimonio eclesiástico
  2. Detalle de la prohibición y su historia

Protección del patrimonio eclesiástico

El objetivo principal de esta extensión es asegurar la salvaguarda del patrimonio histórico español que se encuentra en manos de las instituciones religiosas, mientras se termina el inventario general de sus bienes previsto en la citada ley. Con esta prórroga, la prohibición habrá estado vigente un total de 46 años hasta la finalización de dicho inventario.

Detalle de la prohibición y su historia

El artículo 28.1 de la Ley de Patrimonio Histórico establece que los bienes muebles declarados de interés cultural y aquellos incluidos en el Inventario General en poder de instituciones eclesiásticas, en cualquiera de sus sedes o dependencias, no pueden ser transmitidos ni cedidos a particulares o entidades comerciales, ya sea con o sin contraprestación económica. Estos bienes solo podrán ser transferidos al Estado, a entidades de derecho público o a otras instituciones eclesiásticas.

Inicialmente, la ley estableció un plazo de diez años para esta restricción, el cual ha sido ampliado en varias ocasiones a través de diferentes normas con rango de ley. En 1995 se amplió por otros diez años, y en 2005 se extendió por siete años más. Desde entonces, las prórrogas se han ido ajustando en períodos de uno y cinco años hasta el momento actual.