Notarios advierten sobre problemas legales en la nueva Ley de Integridad Pública
para la lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales.
En febrero pasado, el Gobierno dio luz verde a un paquete de medidas anticorrupción que, entre otros aspectos, pretende incrementar las sanciones para empresas implicadas en actos corruptos y establecer un control más estricto sobre los fondos que manejan los partidos políticos. Aunque los principios generales del anteproyecto son aceptados por los notarios, el Consejo señala posibles inconvenientes, sobre todo en lo que respecta al régimen legal de las sociedades de responsabilidad limitada, la transferencia de participaciones sociales y la validez jurídica de la inscripción registral.
Los notarios advierten que esta propuesta implicaría un cambio significativo en la normativa mercantil vigente en cuanto a la transmisión de participaciones. Actualmente, esta transmisión requiere la elevación a escritura pública para que surta efectos frente a la sociedad y terceros, pero con el nuevo planteamiento, bastaría un documento privado registrado digitalmente sin controles notariales previos.
- Régimen de la transmisión de participaciones sociales
- Experiencia internacional: el caso del Reino Unido
- Impacto en la prevención del blanqueo de capitales
Régimen de la transmisión de participaciones sociales
El anteproyecto elimina la exigencia de escritura pública notarial para la cesión de participaciones en sociedades mercantiles, reemplazándola por documentos privados que se inscriban en el Registro Mercantil con firma digital. Además, se propone una reforma total del "libro registro de socios", que pasaría a una sección especial del Registro, donde el registrador certificará la condición de socio mediante documentos que implicarían un coste para la sociedad.
En la práctica actual, aunque la transmisión puede formalizarse mediante documento privado, su eficacia frente a la sociedad y terceros está condicionada a su elevación a escritura pública, lo que garantiza un control de legalidad previo y seguridad jurídica. El cambio planteado reduce este control, lo que habría repercusiones negativas en la identificación correcta de los intervinientes y en mecanismos esenciales para evitar delitos como el blanqueo, el financiamiento del terrorismo o el fraude fiscal.
La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo, ha manifestado que la intención de acabar con la opacidad mediante documentos privados podría ser contraproducente, ya que las personas que cometen delitos podrían seguir utilizando esos documentos sin la debida supervisión, almacenándolos hasta que decidan inscribirlos, evitando así controles inmediatos.
Experiencia internacional: el caso del Reino Unido
Como ejemplo comparativo, el Consejo recuerda una experiencia similar en Reino Unido, donde se modificó la normativa para dificultar el uso fraudulento de sociedades. La propuesta inicial introdujo un sistema declarativo sin una verificación efectiva previa, lo que permitió inscribir registros con nombres absurdos o ficticios como "Superman", "Darth Vader" o "Santa Claus".
Posteriormente, la ley fue reformada para impedir estos abusos mediante controles formales sobre la identidad del declarante y la persona con control significativo (PSC), utilizando documentos oficiales de identificación. No obstante, los notarios advierten que esta verificación no garantiza la identificación del verdadero titular del control efectivo, pues se limita a validar quién presenta el documento, pero no para quién actúa o quién realmente controla la sociedad.
Impacto en la prevención del blanqueo de capitales
Las propuestas que se estudian tendrían consecuencias directas sobre la información que recopila el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales (OCP), fundamental para la detección y prevención de delitos financieros. Este órgano, junto con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) y fuerzas policiales y judiciales, analiza datos del Índice Único Informatizado Notarial, un extenso repositorio digital que contiene las escrituras y actas autorizadas por los notarios en todo el país.
Desde 2014, el Notariado cuenta con una Base de Datos del Titular Real que facilita a las autoridades conocer quiénes están detrás de estructuras societarias complejas, aportando transparencia a la titularidad oculta. Asimismo, el OCP ha creado otra base con miles de personas con responsabilidad pública, incluyendo a sus allegados, lo que no tiene paralelo en otras fuentes de información.
El Consejo alerta sobre la posible afectación negativa para esta labor esencial, que podría debilitar la capacidad de contribución del Notariado a investigaciones judiciales y policiales relevantes en la lucha contra el fraude y el blanqueo.