Revocan a Peinado y entregan pasaporte a Begoña Gómez aunque se mantiene juicio con jurado
La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido levantar las medidas cautelares que el juez Juan Carlos Peinado impuso a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Esto implica la devolución de su pasaporte, la eliminación de la prohibición de salida del país y la eliminación de la obligación de firmar periódicamente en la sede judicial, aunque mantiene el juicio con jurado popular contra ella.
Este tribunal confirma la continuación del proceso judicial solo en relación con los delitos de tráfico de influencias y malversación de fondos públicos. Sin embargo, archiva las acusaciones de corrupción en los negocios y apropiación indebida que inicialmente se imputaron a Gómez.
En el mismo auto, se mantiene el juicio con jurado contra Cristina Álvarez, asesora de Gómez, únicamente por un presunto delito de malversación relacionado con el supuesto desvío del software de la cátedra que Gómez codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Para ella, quedan archivadas las otras acusaciones, igual que ocurre con Gómez.
- Medidas cautelares y juicio
- Indicios y delitos investigados
- Presión social y política
- Medidas cautelares levantadas
- Factores que redujeron el riesgo de fuga
Medidas cautelares y juicio
La Audiencia ha excluido del juicio con jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, tercero implicado en el caso, y ha decidido continuar la investigación respecto a la legalidad de los contratos públicos relacionados con él.
El tribunal considera que los indicios apuntan a la participación de Gómez en un presunto tráfico de influencias como particular, en la creación de la cátedra y en la intermediación para beneficio de Barrabés. También le atribuye un presunto delito de malversación por el uso irregular del software y la utilización del asistente personal para fines privados.
Indicios y delitos investigados
El tribunal descarta la acusación de apropiación indebida y administración desleal, dado que estos delitos afectan a patrimonios privados y personas sin la condición de funcionarios públicos. Además, resalta que el Código Penal protege el patrimonio público a través del delito de malversación. Tampoco encuentra indicios suficientes para mantener la acusación de corrupción en los negocios.
Presión social y política
Los jueces sostienen que es razonable pensar que Gómez ejerció un influjo desde su posición privilegiada como esposa del presidente del Gobierno para lograr la concesión rápida de la cátedra, sin controles adecuados. Se apunta que su nombramiento como directora fue irregular y que tuvo control efectivo sin supervisión real durante meses.
Además, señalan que el vínculo matrimonial con la máxima autoridad del Ejecutivo puede generar una presión moral suficiente para configurar el delito de tráfico de influencias, afectando la decisión de la autoridad académica para crear la cátedra y nombrarla directora, lo que permitió financiar con fondos públicos un proyecto de titularidad privada relacionado con la herramienta digital mencionada.
Medidas cautelares levantadas
Respecto a las medidas cautelares inicialmente impuestas a Gómez y Álvarez, la Sala argumenta que no existe un riesgo real y efectivo de fuga que justifique mantenerlas. Consideran que la motivación del juez no está suficientemente fundamentada ni apoyada en datos concretos que prueben una probabilidad de evasión, por lo que se deben aplicar medidas menos restrictivas.
Sí se insiste en la obligación de que ambas permanezcan localizables y a disposición de la justicia, debiendo notificar cualquier cambio de domicilio o paradero.
Factores que redujeron el riesgo de fuga
La Sala recuerda que, aunque los delitos investigados son graves y podrían conllevar penas de prisión, ese solo elemento no es suficiente para fundamentar el riesgo de fuga. También se valoran circunstancias personales y objetivas, incluyendo el arraigo personal, familiar y profesional de las acusadas en España.
Se destaca su comparecencia a todas las citaciones judiciales sin indicios de resistencia o intento de eludir la acción de la justicia, lo cual refuerza la valoración de que no existe riesgo de sustracción para ambas.