Aragón rechaza oficialmente el traslado de menores extranjeros desde Ceuta al Gobierno

Archivo - El vicepresidente del Gobierno de Aragón, Alejandro Nolasco.
El vicepresidente del Gobierno de Aragón, Alejandro Nolasco.

El vicepresidente del Gobierno de Aragón y consejero de Desregulación, Bienestar Social y Familia, Alejandro Nolasco (Vox), ha decidido no participar en la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia convocada para el 13 de agosto. Esta decisión fue comunicada mediante carta a la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, en la que también expresó la negativa de Aragón a recibir a menores extranjeros no acompañados (menas) provenientes de Ceuta.

Nolasco criticó que la convocatoria del Ministerio dirigida a las comunidades autónomas no incluya ninguna referencia a los graves sucesos ocurridos en Ceuta, donde miles de extranjeros entraron de manera irregular, comprometiendo la seguridad nacional, el orden público y la integridad de los ciudadanos españoles. Además, reprochó que en dicha convocatoria no se atribuya responsabilidad alguna al Gobierno de España respecto a la protección de la frontera.

  1. Argumentos del Gobierno de Aragón
  2. Requisitos legales para traslado de menas
  3. Aspectos jurídicos y administrativos

Argumentos del Gobierno de Aragón

El Ejecutivo aragonés exige al Gobierno central no preparar, acordar ni ejecutar ningún traslado de menores extranjeros no acompañados desde Ceuta hasta que no se completen los expedientes individualizados, documento que debe cumplir con los requerimientos legales. Asimismo, reclama el envío completo del expediente y la certificación sobre la situación administrativa de cada menor previsto para su traslado. Aragón plantea impugnar judicialmente cualquier procedimiento que no concluya con el retorno de los menores a Marruecos.

Además, solicita que se aceleren los procesos de reunificación familiar y, conforme a la normativa vigente, se promueva el retorno al país de origen, haciendo entrega de los menores a las autoridades de protección correspondientes en Marruecos.

Requisitos legales para traslado de menas

En su carta, Nolasco insistió en la obligación del Estado de verificar la minoría de edad de los menas, así como de seguir el procedimiento estipulado en el artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, relativa a los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Este trámite tiene como finalidad la localización de los padres o de la institución tutelar marroquí, la emisión de los informes correspondientes y la adopción de una resolución fundamentada.

Aspectos jurídicos y administrativos

El vicepresidente aragonés afirmó que la oposición a trasladar menores no acompañados responde estrictamente a la observancia del ordenamiento jurídico nacional e internacional. Destacó que el interés superior del menor debe orientarse hacia la reunificación familiar y el retorno a su país de origen, con evaluaciones individualizadas que eviten actuaciones colectivas o automáticas, tal y como establece el Tribunal Supremo.

También puntualizó que no tiene sentido desplazar a los menores a otras comunidades autónomas para que asuman competencias estatales incompletas, ya que la competencia exclusiva sobre extranjería corresponde al Estado. A su vez, señaló que el reparto territorial dificulta la localización de los progenitores, retrasa los expedientes de retorno y afecta negativamente a los propios menores.

Finalmente, resaltó que Marruecos ha sido reconocido como país seguro por el Consejo y Parlamento Europeo, y que dicha nación ha expresado su disposición para acoger de nuevo a los menores marroquíes que se encuentren actualmente en España.