Condenado a 12 años por abusos sexuales a la hija de su pareja durante ocho años

Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).
Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).
  1. Condena a 12 años por agresión sexual

Condena a 12 años por agresión sexual

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia previa dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba. En esta resolución se condena a un hombre de aproximadamente 60 años a 12 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual contra la hija menor de su pareja, durante un periodo de ocho años, desde que la víctima tenía 8 hasta los 16 años. Los hechos ocurrieron en un municipio de Córdoba.

La decisión del tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación presentado por el acusado y mantiene la sentencia emitida por la Audiencia de Córdoba. No obstante, existe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

Según el fallo, la madre de la menor, que tiene un hermano pequeño, se trasladó a Badajoz por motivos laborales en 2012. Desde entonces y hasta mayo de 2020, la menor solo visitaba su casa durante los días libres de la madre, incluidos festivos y vacaciones.

Durante este periodo, el acusado residió en el domicilio con los menores, asumiendo el cuidado y la educación de ambos. Una hermana de la madre colaboraba en ocasiones con las tareas escolares, aunque finalmente dejó de vivir en la casa debido a conflictos con los niños.

Los abusos comenzaron en el verano de 2012, aprovechando momentos en los que el hermano menor estaba en su habitación. El acusado cometió la agresión sexual repetidamente durante aproximadamente un año, siempre bajo circunstancias similares que le permitían evitar ser descubierto.

Posteriormente, se produjeron más agresiones a lo largo del tiempo hasta que cesaron a principios de 2020. La víctima reveló por primera vez los abusos a su madre cuando tenía 17 años, influenciada por su novio y persona cercana. En enero de 2022, durante una reunión familiar, volvió a relatar lo ocurrido y dos días después lo denunció ante la Guardia Civil.

Como consecuencia del abuso, la joven padece malestar psicológico significativo, que afecta diferentes aspectos de su vida. Esta situación le ha requerido ayuda especializada de manera intermitente.

Además de la pena de prisión, el condenado tiene prohibido acercarse a menos de 250 metros de la víctima, incluyendo su domicilio, durante 15 años. También se le prohíbe comunicarse con ella por cualquier medio durante ese periodo. Tras cumplir la condena, deberá cumplir seis años de libertad vigilada. Finalmente, deberá pagar 15.000 euros en concepto de indemnización por daño moral a la víctima.