viernes. 29.03.2024

La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, ha abierto la convocatoria de ayudas para incentivar la participación en ferias de arte contemporáneo que se celebren fuera de Andalucía, tanto en España como en el extranjero. Los beneficiarios de esta línea serán "personas físicas o jurídicas privadas cuya actividad principal esté directamente vinculada al sector de las artes visuales y más concretamente a la promoción y difusión del arte contemporáneo", según se recoge en las bases reguladoras de la subvención.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 162, de 24 de agosto de 2021) publica que estas ayudas cuentan con una dotación de 60.000 euros y el plazo de presentación es de 15 días hábiles, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de su publicación en el BOJA. Los formularios de solicitudes se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18941, así como en la web de la Agencia: http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/.

Los gastos subvencionables incluyen todos aquellos que resulten necesarios para asistir a ferias y mercados de arte, entre los que destacan honorarios profesionales, alquiler de instalaciones, espacios y stand, gastos de servicios (electricidad, limpieza, teléfono e internet), transporte, seguro y embalaje de obras de arte, elaboración de publicaciones y actividades de difusión, más los desplazamientos, incluyendo alojamiento y dietas específicamente generados por la actividad subvencionada, correspondientes al personal propio de la persona o entidad beneficiaria.

La presentación de las solicitudes para las personas jurídicas se realizará exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Ventanilla Electrónica, https://ws050.juntadeandalucia.es/vea. Cuando los solicitantes sean personas físicas el medio de presentación telemático a través de Ventanilla Electrónica o del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía será preferente, sin perjuicio de su presentación a través de los restantes medios referidos en el apartado 10.c) del cuadro resumen de la línea convocada, de la Orden de 7 de julio de 2020 (BOJA núm. 132, de 10 de julio).