Jueza niega medidas cautelares a Ortega Smith tras expulsión de Vox

Javier Ortega Smith, durante el Debate del Estado de la Ciudad, en el Palacio de Cibeles, a 30 de junio de 2026, en Madrid (España).
Javier Ortega Smith, durante el Debate del Estado de la Ciudad, en el Palacio de Cibeles, a 30 de junio de 2026, en Madrid (España).

Una jueza del Tribunal de Instancia de Madrid ha rechazado la petición de medidas cautelares realizada por Javier Ortega Smith, negándose a suspender temporalmente su expulsión del partido Vox, según ha comunicado la formación política este jueves.

La juez Nuria Fernández Lozano argumentó que no se cumplen los requisitos legales necesarios para aprobar medidas cautelares, ya que no ve indicios claros que justifiquen su derecho ni riesgo debido a la demora del proceso.

Además, el tribunal ha impuesto a Ortega Smith el pago de las costas relacionadas con el incidente de las medidas cautelares, mientras continúa el avance del procedimiento principal.

Ortega Smith presentó la demanda contra la dirección de Vox a finales de abril, alegando que se vulneraron sus derechos fundamentales y solicitando medidas para paralizar lo que calificó como una expulsión arbitraria. Vox decidió apartarlo definitivamente a mediados de abril luego de rechazar su último recurso, tras un período de tensiones internas con el equipo conocido como Bambú.

  1. Medidas cautelares rechazadas
  2. Resultado de la AEPD

Medidas cautelares rechazadas

Por otra parte, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) decidió archivar la reclamación presentada por Javier Ortega Smith contra Vox, en la que alegaba una posible infracción del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Resultado de la AEPD

En un comunicado, Vox resaltó que la resolución de la AEPD ratifica la solidez de sus argumentos jurídicos y subraya el rigor con el que el partido ha cumplido sus obligaciones en materia de protección de datos.

La formación insistió en que proporcionó una respuesta jurídica completa, demostrando que sus actuaciones se ajustaron plenamente a la legislación vigente, que no hubo filtración de datos personales y que no existe prueba alguna que permita apreciar una vulneración del RGPD.