Juez niega revisar el móvil de la denunciante en caso contra exDAO por agresión sexual

Archivo - El exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González, atiende a los medios a su salida del Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 8, a 17 de marzo de 2026, en Madrid (España).
Archivo - El exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González, atiende a los medios a su salida del Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 8, a 17 de marzo de 2026, en Madrid (España).

El juez encargado de la investigación contra José Ángel González, ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, por una presunta agresión sexual a una subordinada, ha decidido no intervenir el teléfono móvil de la denunciante. Considera esta medida innecesaria para aclarar los hechos.

Según un auto al que ha accedido Europa Press, el magistrado rechaza la solicitud de la acusación particular, argumentando que no se ha cuestionado la autenticidad de unas grabaciones que, según la defensa, demostrarían la agresión sexual. Por tanto, los datos requeridos no son imprescindibles para avanzar en la investigación.

No obstante, el juez ha autorizado la incorporación como prueba de una fotografía que contiene un pantalón y una riñonera. También está a la espera de definir nuevas diligencias tras solicitar un informe psicológico procedente del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género en Rivas Vaciamadrid (Madrid).

  1. Rechazo de diligencias
  2. Declaraciones de las partes

Rechazo de diligencias

El magistrado David Maman ha denegado una serie de diligencias propuestas, incluyendo una evaluación psicológica de la querellante y la declaración de dos testigos, debido a que considera que su aporte no es relevante para los hechos investigados.

Asimismo, no admitió la solicitud para analizar las llamadas telefónicas entre la denunciante y el acusado, argumentando que tampoco aportan elementos significativos. Tampoco aceptó incluir registros de entradas y salidas de vehículos oficiales, ni otros datos como la petición de cambio de destino laboral de la denunciante.

Respecto a la petición de la defensa para cerrar el sumario sin procesamiento, el juez indica que esta decisión se tomará una vez que se hayan cumplido las diligencias acordadas.

Declaraciones de las partes

A principios de julio, el magistrado preguntó a las partes si deseaban solicitar alguna diligencia adicional, enfatizando que los hechos denunciados podrían constituir un presunto delito de agresión sexual. Destacó que si el caso llegara a juicio, la competencia sería de la Audiencia Provincial de Madrid.

En su declaración como investigado en marzo, el exDAO negó la agresión sexual y atribuyó la denuncia a intereses profesionales y personales de la denunciante.

La denunciante ratificó su querella ante el juez, en la que detalló que los hechos habrían ocurrido el 23 de abril de 2025. Según su relato, González habría cometido una conducta agresiva y de naturaleza sexual, caracterizada por violencia física e intimidación, aprovechando el aislamiento, su superioridad física y autoridad.