Multa de hasta 3.000 euros por poner carteles en farolas, sanción común
- Normas para la publicidad en el espacio público
- Multas y sanciones por incumplir la ordenanza
- Alternativas legales para colocar carteles publicitarios
Normas para la publicidad en el espacio público
Aunque a veces pensemos que poner un anuncio en la calle es simplemente una forma de dar a conocer un servicio, como el cuidado de ancianos o la venta de un coche, esta acción está regulada y necesita una licencia municipal. Esto se debe a que utilizar el espacio público para fines privados es considerado una ocupación que debe estar aprobada por el ayuntamiento.
Además, muchos municipios buscan mantener un entorno limpio y bien presentado, por lo que están aplicando multas elevadas a quienes colocan publicidad en mobiliario urbano sin permiso. Con estas medidas se pretende evitar que las calles se llenen de carteles que afean y deterioran el espacio público.
Multas y sanciones por incumplir la ordenanza
Un ejemplo claro se encuentra en Motril, Granada, donde la Ordenanza Reguladora de la Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención del Vandalismo establece que “la colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de publicidad, anuncio o propaganda deberá efectuarse únicamente en los lugares expresamente habilitados al efecto por la autoridad municipal, quedando prohibida su colocación en farolas, señalética urbana o cualquier elemento del mobiliario urbano”. También prohíbe poner publicidad en fachadas que den a la vía pública y sanciona arrancar, rasgar o tirar estos elementos.
Las multas en Motril comienzan en 750 euros para quien incumpla esta normativa y pueden subir hasta 3.000 euros, según la gravedad. Si la publicidad daña elementos del transporte público, como marquesinas o vehículos, se trata de una infracción grave y la sanción va de 751 a 1.500 euros. Y en casos muy graves, como colocar carteles en monumentos o bienes protegidos históricamente, la multa oscila entre 1.501 y 3.000 euros.
En ciudades más grandes, como Madrid, la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior también prohíbe poner cualquiera tipo de publicidad en farolas, muros o mobiliario urbano sin autorización, con sanciones similares por infracciones leves, graves y muy graves. Esta normativa busca preservar tanto la estética urbana como el patrimonio cultural y urbano.
Un caso emblemático ocurrió en Barcelona hace alrededor de diez años, cuando un jubilado llamado Miguel Romero fue denunciado en 302 ocasiones y acumuló multas por un total de 156.978 euros por pegar anuncios para mudanzas en farolas sin permiso.
Alternativas legales para colocar carteles publicitarios
Para quienes quieren publicitarse sin miedo a sanciones, existe una opción legal llamada “columnas de libre expresión”. Estos elementos, con más de 150 años de historia, son espacios oficiales donde cualquier persona puede pegar carteles o anunciar servicios, combinando la publicidad con un toque artístico en la ciudad.
Las columnas de libre expresión funcionan como un punto abierto para que los ciudadanos pongan anuncios sin correr riesgos, aunque su visibilidad no está garantizada por mucho tiempo. Además, suelen ser aprovechadas por empresas privadas, limitando el espacio para los particulares. A pesar de su utilidad, estas columnas no son comunes, aunque ciudades como Barcelona o Málaga ya las tienen y municipios más pequeños, como Pinto en Madrid, están comenzando a instalarlas.