OCU reclama a las eléctricas cumplir con el pago puntual de compensaciones por apagón

 Archivo - Un poste eléctrico, a 12 de enero del 2021, en Barcelona, Cataluña (España). Según los datos provisionales del Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE), el precio promedio de la luz para los clientes de tarifa regulada vinculados al mercad - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
Archivo - Un poste eléctrico, a 12 de enero del 2021, en Barcelona, Cataluña (España). Según los datos provisionales del Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE), el precio promedio de la luz para los clientes de tarifa regulada vinculados al mercad - David Zorrakino - Europa Press - Archivo

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha reclamado a las distribuidoras eléctricas que abonen dentro del plazo correspondiente las compensaciones automáticas por las fallas en la calidad del suministro sufridas durante 2025, incluyendo las vinculadas al apagón ocurrido el 28 de abril pasado.

Según un comunicado de la entidad, cuando resta menos de un mes para que finalice el plazo legal el 31 de marzo de 2026, todavía hay millones de hogares que no han recibido la compensación que, según la normativa, debe aplicarse automáticamente sin necesidad de que el consumidor la solicite.

La organización puntualizó que estas compensaciones son un derecho obligatorio y automático, independiente de las posibles indemnizaciones adicionales que puedan corresponder por el apagón del 28 de abril, tales como daños en electrodomésticos u otras pérdidas materiales.

  1. Obligación de las distribuidoras
  2. Apagón de abril y criterios de compensación

Obligación de las distribuidoras

La OCU instó a las compañías distribuidoras a realizar los abonos pendientes y a comunicar con transparencia el concepto por el cual se efectúa el descuento en la factura. También pidió a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y a las consejerías autonómicas responsables que supervisen que se cumplan estrictamente los plazos y obligaciones, asegurando así la efectiva protección de los consumidores.

Estas compensaciones se basan en la obligación de las distribuidoras de mantener unos mínimos estándares de calidad en el suministro, tal y como regula el Real Decreto 1955/2000. Cuando una zona sobrepasa los límites anuales establecidos para interrupciones o tiempo sin suministro, la distribuidora debe compensar a los usuarios mediante un descuento directo en la factura.

Apagón de abril y criterios de compensación

En 2025, la OCU destacó que la situación fue especialmente grave debido al apagón eléctrico, que por sí solo genera un derecho automático a compensación para millones de hogares, sin considerar otras posibles interrupciones durante el año. El importe de la compensación variará según las horas totales sin suministro, el número de cortes, la ubicación de la vivienda y el tipo de contrato.

Para ilustrar, un hogar ubicado en una zona urbana con una potencia contratada de 4,6 kilovatios que haya sufrido 11 horas sin luz debería recibir una compensación aproximada de 15 euros.

A dos meses de iniciarse el último trimestre, la OCU no tiene constancia de que las distribuidoras hayan iniciado los abonos correspondientes. La organización subraya que la falta de responsables del apagón no impide que los consumidores reclamen esta compensación, sino que debe servir para reforzar el derecho a que esas horas de interrupción sean incluidas en el cálculo.