Oficializada la jornada laboral de 35 horas para 220.000 empleados de la AGE
- Adaptación a la jornada de 35 horas en la Administración General del Estado
- Jornada de especial dedicación
- Distribución horaria de las 35 horas
- Jornada intensiva de verano
Adaptación a la jornada de 35 horas en la Administración General del Estado
El personal al servicio de la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos autónomos cuenta con un plazo de un mes para ajustar sus calendarios y sistemas de control horario a la nueva jornada laboral de 35 horas semanales.
El Ministerio para la Transformación Digital y de Función Pública ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución con las instrucciones para implantar esta reducción de jornada, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación. La antigüa jornada de 37,5 horas semanales se sustituye por este nuevo modelo destinado a 220.000 empleados públicos aproximadamente.
La medida resulta del acuerdo suscrito en marzo entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, que estableció que la jornada estándar será de 1.533 horas anuales. Esta modificación se llevará a cabo asegurando la continuidad del servicio público y la atención al ciudadano mediante los ajustes organizativos necesarios.
La resolución afecta a todos los trabajadores de la AGE, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, organismos autónomos, agencias y entidades vinculadas o dependientes de la AGE. Sin embargo, para personal destinado en instituciones penitenciarias, sanitarias, centros docentes o con naturaleza especial en su trabajo, la implantación de las 35 horas seguirá regulaciones específicas notificadas a la Secretaría de Estado de Función Pública.
Quedan fuera de este cambio el personal militar de las Fuerzas Armadas y los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Tampoco aplicará a entidades locales ni otras administraciones, que deberán negociar la jornada semanal en sus respectivos ámbitos.
Jornada de especial dedicación
Para quienes ocupen puestos calificados como de especial dedicación, la jornada laboral se reducirá a 37,5 horas semanales en lugar de las 40 horas vigentes, sin perjuicio de posibles incrementos temporales por necesidades del servicio.
Cada ministerio y organismo determinará qué puestos requieren esta modalidad, basándose en la naturaleza y características del servicio.
Distribución horaria de las 35 horas
La jornada semanal de 35 horas en turno de mañana consistirá en un horario fijo presencial de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. El resto de horas para completar la jornada se podrá cumplir en horario flexible, entre las 7:00 y las 9:00 horas y entre las 14:00 y las 18:00 horas de lunes a jueves, sumado al horario de 14:30 a 15:30 horas los viernes.
Para la jornada de mañana y tarde, la presencia fija será de 9:00 a 16:30 horas de lunes a jueves, con una pausa para la comida que no será tiempo efectivo de trabajo (mínimo media hora), y de 9:00 a 14:30 horas los viernes. El resto de la jornada se realizará en horario flexible dentro de los mismos márgenes que la jornada de mañana.
En la modalidad de tarde, el horario fijo abarca de 15:00 a 20:00 horas de lunes a viernes, y las horas restantes se harán en horario flexible entre las 13:00 y las 15:00 horas y entre las 20:00 y las 22:00 horas.
Los calendarios laborales podrán fijar otros límites horarios para completar la jornada según las características del servicio y la apertura al público.
Durante el turno de trabajo, se establece una pausa de 30 minutos, considerada como trabajo efectivo, que generalmente deberá realizarse entre las 10:00 y las 12:30 horas para las jornadas de mañana, mañana y tarde, y especial dedicación, o entre las 16:30 y las 19:00 horas para la jornada de tarde.
Jornada intensiva de verano
Desde el 16 de junio hasta el 15 de septiembre, ambos incluidos, la AGE y sus entidades dependientes podrán adoptar una jornada intensiva con seis horas y media continuas de trabajo. En turnos de mañana, será de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, mientras que para quienes trabajen solo en la tarde el horario será de 14:30 a 21:30 horas también de lunes a viernes.
Los empleados públicos con hijos o personas a su cargo menores de 12 años podrán acogerse a esta jornada intensiva desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, incluyendo el año en que el menor cumpla esa edad. Además, quienes cuenten con personas dependientes con discapacidad reconocida igual o superior al 33% podrán ejercer este derecho en el mismo periodo.
En oficinas con jornada continuada de mañana y tarde, la jornada intensiva podrá cubrirse entre las 8:00 y las 15:00 horas, de lunes a viernes.
Los ajustes horarios derivados de la jornada de verano serán compensados según el calendario laboral correspondiente, garantizando la duración anual total de la jornada.