Sumar propone en el Congreso una ley para parar a las empresas que compran casas

Archivo - El diputado de Compromís Alberto Ibáñez durante una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados, a 26 de mayo de 2026, en Madrid (España).
Archivo - El diputado de Compromís Alberto Ibáñez durante una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados, a 26 de mayo de 2026, en Madrid (España).

Este martes 15 de septiembre, en el Pleno del Congreso, Sumar presentará una proposición de ley para impedir que empresas y fondos de inversión compren viviendas, reservando esta posibilidad únicamente a personas físicas.

Esta reforma ya fue defendida anteriormente por el grupo plurinacional en la Cámara Baja, pero no logró ser admitida a trámite debido al rechazo mayoritario de PP, Vox y Junts, junto con la abstención del PSOE.

A pesar de ello, el presidente estadounidense Donald Trump mostró su apoyo a una iniciativa similar, y Vox la elogió. En respuesta, Alberto Ibáñez, portavoz adjunto de Sumar, decidió volver a elevar la propuesta al Pleno para intentar conseguir esta vez una mayoría favorable.

Tras este movimiento, Pepa Millán, portavoz de Vox en el Congreso, aclaró que las propuestas de Sumar y Trump no son iguales y evitó apoyar el texto. Además, el partido de Santiago Abascal ha enfatizado que no respaldará ninguna iniciativa del Gobierno. Aunque Ibáñez registró la ley a comienzos de año, su debate para la admisión a trámite será en la sesión plenaria de esta semana.

  1. Reforma de la ley de vivienda
  2. Excepciones para el tercer sector y usos sociales

Reforma de la ley de vivienda

La iniciativa propone modificar la Ley de Vivienda de 2023, específicamente el artículo 10, para impedir que empresas puedan adquirir la propiedad de viviendas residenciales, tanto si la compra es a título oneroso como gratuito.

Este veto abarcaría tanto las viviendas ya en uso como las nuevas promociones una vez cuenten con el certificado de fin de obra. En la exposición de motivos, el grupo explica que las personas jurídicas no adquieren estos inmuebles para ejercer el derecho constitucional a una vivienda, sino para manejarlos como “bienes de inversión” con fines económicos y especulativos.

Según Sumar, es clave separar el mercado residencial de esa lógica mercantil para detener la constante subida de los precios de venta y alquiler.

Excepciones para el tercer sector y usos sociales

La propuesta también incluye una serie de exenciones que permiten que ciertas organizaciones sin ánimo de lucro puedan seguir comprando inmuebles. En este grupo estarían asociaciones, agentes económicos y sociales, entidades religiosas, ONG de cooperación y otras del tercer sector.

Sin embargo, estas entidades solo podrían adquirir viviendas si las destinan a fines específicos de tipo social o funcional, como por ejemplo establecer su sede, dar atención sociosanitaria, acoger a víctimas de violencia de género, alojar a colectivos vulnerables o desarrollar actividades educativas, cívicas y religiosas.

Además, la ley contempla una disposición transitoria que establece que la restricción no aplicará a las compras o transmisiones que ya se hayan elevado a escritura pública antes de que la norma entre en vigor, aunque no estén inscritas aún en el Registro de la Propiedad.