Ábalos se une a Koldo y pide ver por videoconferencia la vista previa del juicio

Archivo - El exministro de Transportes José Luis Ábalos a su salida del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2025, en Madrid (España).
Archivo - El exministro de Transportes José Luis Ábalos a su salida del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2025, en Madrid (España).

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha solicitado no acudir de forma presencial al Tribunal Supremo a la vista preliminar del procedimiento por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas. La petición plantea que la comparecencia pueda realizarse por videoconferencia desde el centro penitenciario.

La solicitud figura en un escrito al que ha tenido acceso Europa Press. En el documento, la defensa expone que los traslados desde prisión, donde Ábalos permanece desde noviembre, implican un impacto negativo en su estado.

En paralelo, el exasesor Koldo García ya había reclamado la misma fórmula de asistencia a distancia. Su representación también ha aportado argumentos relacionados con las condiciones del traslado y sus efectos.

  1. Petición de asistencia a distancia
  2. Argumentos sobre el traslado en furgón
  3. Solicitud de Koldo y actuación del Supremo
  4. Marco legal de la audiencia preliminar
  5. Penas solicitadas por las acusaciones

Petición de asistencia a distancia

Según el escrito consultado por Europa Press, el abogado de Ábalos, Marino Turiel, pide que el exministro no tenga que desplazarse al Tribunal Supremo para la vista preliminar y que pueda seguirla por videoconferencia desde prisión.

La defensa sostiene que los traslados “suponen un deterioro anímico y físico” para el interno. En el mismo texto se indica que ese sufrimiento solo quedaría justificado por una “necesidad imperiosa” de presencia en sede judicial, circunstancia que, conforme al escrito, no concurriría en este caso.

Argumentos sobre el traslado en furgón

El letrado expone que los traslados de personas presas se realizan en furgones blindados concebidos para la seguridad y no para la comodidad. También alude a que, con frecuencia, se comparten espacios reducidos y con condiciones de higiene “más que mejorables”.

El escrito añade que el Defensor del Pueblo ha recomendado en ocasiones revisar protocolos para evitar desplazamientos innecesarios y mejorar las condiciones de estos traslados.

Solicitud de Koldo y actuación del Supremo

Por su parte, la abogada de Koldo, Leticia de la Hoz, ha presentado un escrito al que ha accedido esta agencia en el que se describe el traslado del 21 de enero a la Audiencia Nacional desde la prisión de Soto del Real (Madrid). Ese desplazamiento se habría realizado, según la defensa, para recibir un disco duro con información de varios dispositivos incautados por la Guardia Civil.

La letrada afirma que el traslado se efectuó “sin proporcionarle un sistema de retención compatible” con su morfología. De acuerdo con el escrito, ello le causó “erosiones en ambas muñecas y traumatismos dorsales”, daños que califica de “gratuitos y desproporcionados” al considerar que no existía riesgo de fuga ni antecedentes de resistencia.

Tras la petición de Koldo, el Tribunal Supremo solicitó a los servicios médicos del centro penitenciario un informe sobre su estado de salud antes de decidir si autoriza su asistencia por videoconferencia a la audiencia preliminar.

La vista se sitúa en el marco de la Ley de Eficiencia del Poder Judicial. El artículo 785 establece que la celebración de la audiencia preliminar “requiere la asistencia del acusado y del abogado defensor”, por lo que Ábalos, Koldo y Aldama deberían acudir a la vista.

El mismo precepto recoge que las partes “podrán exponer lo que estimen oportuno” antes del juicio, incluyendo cuestiones sobre la posible conformidad, la competencia del órgano judicial, la vulneración de derechos fundamentales, artículos de previo pronunciamiento, causas de suspensión del juicio oral, nulidad de actuaciones, y el contenido, finalidad o nulidad de las pruebas propuestas.

Además, se contempla la posibilidad de proponer la incorporación de informes, certificaciones y otros documentos, así como la práctica de pruebas conocidas con posterioridad a los escritos de acusación o defensa.

Tras la celebración de la audiencia, el juez o tribunal debe examinar las pruebas propuestas y resolver sobre su admisión, aceptando las que considere pertinentes y rechazando el resto. La decisión se adoptará de forma oral, salvo que la complejidad de las cuestiones planteadas requiera hacerlo por escrito.

Penas solicitadas por las acusaciones

La Fiscalía solicita 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo y siete años para Aldama. En cuanto a las acusaciones populares, encabezadas por el PP, se piden 30 años de cárcel para el exministro y su exasesor, y para el empresario la misma pena interesada por el Ministerio Público.