El Gobierno tramita el indulto de García Ortiz y pide informe al Supremo
El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha las actuaciones iniciales ante una primera petición de indulto relacionada con el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz. La solicitud se dirige a la condena a dos años de inhabilitación para el cargo por un delito de revelación de secretos, tal y como determinó el Tribunal Supremo.
Según la información disponible, el Gobierno ha indicado que corresponde al órgano que dictó la sentencia informar sobre la solicitud. En este procedimiento, Justicia ha remitido el expediente al Supremo para que emita su criterio.
La petición, formulada por dos particulares, ha sido trasladada para recabar el parecer del tribunal sentenciador, conforme al trámite habitual en este tipo de expedientes. La información fue adelantada por 'El País' y confirmada por fuentes del Gobierno a Europa Press.
- Trámite de indulto en el Ministerio de Justicia
- Requisitos y fases del indulto solicitado
- Condena del Tribunal Supremo y penas impuestas
- Votos particulares e incidente de nulidad
Trámite de indulto en el Ministerio de Justicia
El Ministerio de Justicia ha iniciado los pasos administrativos ante una primera solicitud de indulto presentada para el ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz. El inicio del trámite se vincula a la condena por revelación de secretos, con una inhabilitación de dos años para el cargo, acordada por el Tribunal Supremo.
Tras recibir la petición, Justicia la ha remitido al Supremo para que exponga su parecer, al tratarse del órgano que dictó la resolución condenatoria. En paralelo, el Gobierno ha señalado la necesidad de ese informe dentro del curso del expediente.
Requisitos y fases del indulto solicitado
La solicitud de indulto por particulares puede presentarse por los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre. En este caso, la petición ha sido registrada por dos particulares y se encuadra en ese marco de legitimación.
Conforme al procedimiento descrito, las peticiones deben someterse a informe del tribunal sentenciador, que en este supuesto es el Tribunal Supremo. Además, deben ser oídas la Fiscalía y la parte agraviada, antes de que se adopten decisiones posteriores.
Intervención del tribunal, la Fiscalía y la parte agraviada
El informe del tribunal sentenciador constituye una fase requerida en el expediente. Al corresponder el fallo al Supremo, el trámite se articula con la intervención de ese órgano para que fije su posición sobre la solicitud.
Junto al tribunal, el procedimiento prevé la audiencia de la Fiscalía y de la parte agraviada. Estas actuaciones se integran en el proceso de valoración previo a cualquier resolución sobre el indulto solicitado.
Aprobación por real decreto y publicación en el BOE
En caso de prosperar, la concesión del indulto compete al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Según lo indicado, el Consejo de Ministros es el órgano que tiene la última palabra en esta materia.
La concesión debe acordarse mediante real decreto y publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Ese es el cauce señalado para formalizar el eventual otorgamiento del indulto.
Condena del Tribunal Supremo y penas impuestas
Álvaro García Ortiz fue condenado el pasado diciembre a una pena de inhabilitación de dos años, además de una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por daños morales. La condena se dictó por el delito de revelación de secretos.
El Tribunal Supremo le condenó por revelación de secretos contra Alberto González Amador, indicado como novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. La resolución le atribuyó la filtración a medios de comunicación del 'email' en el que el empresario se ofrecía a confesar y la posterior publicación de una nota de prensa que lo mencionaba.
Hechos valorados por la Sala de lo Penal
Según la Sala de lo Penal, fue García Ortiz o "una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento" quien filtró la noche del 13 de marzo de 2024 a la 'Cadena SER' el correo electrónico. Ese mensaje había sido enviado el 2 de febrero de ese año por el abogado de González Amador a Fiscalía.
En ese correo se ofrecía que su cliente reconociera los dos delitos fiscales por los que se le investigaba a cambio de eludir la cárcel. La sentencia vinculó esos hechos con la filtración del 'email' y con la posterior difusión de una nota de prensa en la que se le mencionaba.
Votos particulares e incidente de nulidad
La sentencia contó con el respaldo de cinco de los siete magistrados del tribunal que enjuició el asunto. No obstante, incluyó dos votos particulares de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer.
Ambas trasladaron su "discrepancia absoluta" con la condena al entender que solo existían meras sospechas y que, por ello, García Ortiz debió ser absuelto. Esa discrepancia quedó incorporada en los votos particulares.
Además, García Ortiz presentó un incidente de nulidad contra la sentencia, que permanece pendiente de resolución. En ese incidente sostiene su inocencia y la "credibilidad" de la Fiscalía frente a "ataques".
La situación procesal incluye, por tanto, el trámite del indulto ya iniciado y, de forma separada, la espera de la decisión sobre el incidente de nulidad planteado contra la condena.