García Ortiz solicita al TC anular la condena del Supremo por revelación de secretos

La fiscal general del Estado, Teresa Peramato Martín, y el ex-fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante la II Jornada de debate sobre el proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal. Archivo.
La fiscal general del Estado, Teresa Peramato Martín, y el ex-fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante la II Jornada de debate sobre el proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal. Archivo.

En un recurso presentado ante el Tribunal Constitucional (TC), Álvaro García Ortiz, ex fiscal general del Estado, busca anular la condena impuesta por el Tribunal Supremo por revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

Esta acción se fundamenta en la defensa de la Fiscalía frente a acusaciones públicas y la desmentida de informaciones consideradas tergiversadas. El recurso de amparo, al que ha accedido Europa Press, fue presentado por la Abogacía del Estado, que representa a García Ortiz, y solicita que se declare la nulidad de la sentencia basándose en la supuesta vulneración de derechos fundamentales, tales como la presunción de inocencia, tutela judicial efectiva, libertad de expresión y el derecho a no autoincriminarse.

El Tribunal Supremo condenó a García Ortiz en diciembre pasado a dos años de inhabilitación, multa de 7.200 euros e indemnización de 10.000 euros por daños morales a González Amador. En el recurso, el ex fiscal afirma que su actuación tenía fines institucionales legítimos: aclarar información confusa y defender el trabajo de la Fiscalía y sus fiscales, al refutar graves acusaciones publicadas sobre el caso.

  1. Detalles del recurso
  2. Argumentos contra la sentencia del Supremo
  3. Nota de prensa y la cuestión de la filtración
  4. Divulgación de información confidencial

Detalles del recurso

El recurso presentado frente al TC sostiene que la valoración realizada por el Supremo de las pruebas fue irracional y arbitraria. Se cuestiona especialmente la carga probatoria, argumentando que el tribunal basó su fallo en inferencias abiertas sin tomar en cuenta declaraciones clave, entre ellas la de periodistas que negaron que García Ortiz fuera la fuente de la información filtrada.

Además, se critica que la sentencia asumiera sin pruebas reales que la filtración ocurrió con el consentimiento o conocimiento pleno del acusado, señalando la falta de evidencia lógica para atribuirle dicha intención si la información hubiera partido de terceros en su entorno.

Argumentos contra la sentencia del Supremo

El ex fiscal general indica que la mayoría de magistrados admitió como probado un hecho basado únicamente en sospechas relacionadas con personas cercanas, atribuyéndole una autoría o aceptación consciente sin prueba directa, lo que califican de una inferencia indeterminada.

Este argumento subraya que cinco magistrados lo consideraron culpable, mientras que dos votaron por absolverlo, mostrando la división en la interpretación de las pruebas dentro del tribunal.

Nota de prensa y la cuestión de la filtración

García Ortiz señala que la nota de prensa que emitió la Fiscalía el 14 de marzo de 2024 no reveló información desconocida en el momento, ya que los datos sobre el proceso penal abierto por presuntos delitos fiscales al novio de Ayuso ya habían sido difundidos por diferentes medios.

La finalidad de esta comunicación oficial fue aclarar los hechos y defender la actuación de la Fiscalía, precisando que la nota no implicó juicio alguno sobre la culpabilidad, sino que expuso hechos verificables. Expresiones como “delincuente confeso” o “defraudador confeso” no provenían de la Fiscalía, sino de terceros durante el debate público.

Divulgación de información confidencial

Uno de los puntos defendidos es que González Amador, titular de la supuesta confidencialidad, fue responsable de la divulgación de parte de la información, al transmitir correos intercambiados entre su abogado y un fiscal a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso.

Esta acción, según se argumenta, generó una noticia falsa al causar la impresión de que la Fiscalía había ofrecido un acuerdo a González Amador, cuando en realidad no fue así. La sentencia, a juicio de García Ortiz, no consideró esta posible auto divulgación ni la intención de difundir falsedades sobre el proceso.